Conforme Ley, podrá proponer se trate el asunto en Junta de Propietarios, donde se decidirá también confomre la mayoría establecida por Ley al respecto, contratar o no un Administrador.
Aun cuando entiendo su desesperación, la Ley no obliga a contratar un Administrador y como ha indicado algún forero en respuesta anterior, cabe la opción que el Presidente u otro propietario asuma el cargo de secretario o Administrador (o los dos) aunque le recomiendo intente convencer al resto de sus vecinos y que sea un profesional (Administrador) el que se encargue. Saludos,