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ANTELYSA
ANTELYSA
04/04/2020 15:37

TERMINACIÓN EN SU CARGO DEL ADMINISTRADOR

¿El administrador debe gestionar la comunidad hasta el fin de contrato?

902 lecturas | 6 respuestas

TERMINACION EN SU CARGO DEL ADMINISTRADOR

BUENAS TARDES:                                                         04/04/2020

En mi bloque, en el mes febrero hemos tenido una Junta General para hacer una votación con una única Orden, votar si sigue en su cargo el Administrador, en dicha votación ha salido a favor que tiene que dejar su cargo el Administrador.

Este señor le vence su cargo el 31 de diciembre del 2020, para no tener que darle ninguna indemnización, y para que sea legal, ¿tiene que estar hasta diciembre administrando nuestro Bloque?

Ya que de ser así estaríamos de acuerdo con la ordenanza.   

Un Saludo

 
A
AltosMarbella
11/04/2020 13:25

Un Adminitrador de Fincas no tiene que estar colegiado.

La primera funcion de un  colegio profesional es proteger a sus miembros (esto está reconocido en uan sentencia del Tribunal Supremo).  

Yo he denunciado a un Admnistrador de Fincas de Marbella por varias razones, sobre todo incumplimiento de la ley (no haber presentado a la firma el acta de uan junta cinco meses despues). La respuesta del colegio fue desestimar todas mis quejas, entre otras porque ellos no se encargan de decidir si un inclumplimento de la ley es contraria o no a la deontología.

Pero en cualquier caso se puede querer cambiar de admnistrador por muchas razones: precio (el administrador elegido por el promotor nos cobraba 2.500€ al mes y cuando fuimos a cambiar los tres candidatos de 800 a 900€) por mal servicio (no responde, mal mantenimiento ...) . 

 

 

 

 
M
mp20oviedo
11/04/2020 11:03

Buenos días, el 31 de diciembre, el administrador que tienen quedará cesado sin penalización por tanto pueden contratar otro nuevo que iniciará sus funciones a partir dela fecha del cese.

 
ANTELYSA
ANTELYSA
07/04/2020 13:54

                                                                                             07/04/2020

 

PERDÓNAME ASERVAL NO HE SABIDO EXPLICARME:

Vamos a ver si lo puedo preguntar mejor, la culpa es mía.

Lo que quiero decir y preguntar es que como la Junta se hizo en febrero y se aprobó su salida del cargo con 10 meses de antelación, esa es mi pregunta, esta votación se puede hacer con tanta antelación y desarrollar su aprobación cuando llegue su día y poderlo echar, para no tener que pagar indemnización alguna.

O por otro lado tener que hacer la Junta más cerca de su vencimiento en el cargo. El señor Administrador, en los 10 meses que le quedarían hasta su vencimiento seguiría en su cargo desarrollando su cometido.

Vamos a ver si ahora me he explicado mejor.

Un Saludo gracias.

 
A
aserval
04/04/2020 19:33

ANTELYSA dijo:

Hola Aserval:                                                  04/04/2020                                                         

Mi pregunta es simplemente, seguirá con nosotros hasta el 31 de diciembre y después a partir          del 1 de enero          ¿podemos tener OTRO?

Un Saludo Gracias.

 Pues no tengo la bola amigo mío, a priori me temo que precisamente el día 31 diciembre no será, por tanto, el uno de enero seguirá el mismo que el 31.

 
ANTELYSA
ANTELYSA
04/04/2020 19:01

Hola Aserval:                                                  04/04/2020                                                         

Mi pregunta es simplemente, seguirá con nosotros hasta el 31 de diciembre y después a partir          del 1 de enero          ¿podemos tener OTRO?

Un Saludo Gracias.

 
A
aserval
04/04/2020 18:28

 

 

Tendrá que estar a lo que diga el contrato con el profesional, Udes han firmado un contrato supongo anual, y vence en la fecha X, si Udes deciden su cese antes de esa fecha, le pueden echar, pero tendrán que pagarle igual. 

Al mismo tiempo no sé qué pasa con los administradores, ya que su función se limita a administrar, si comete alguna irregularidad, simplemente se denuncia al colegio y le aseguro que a los administradores esto le da mucho miedo. El colegio abre un expediente al administrador y revisa si no ha cumplido con el código deontológico, si así fuera, se expone a la inhabilitación.

 

Fin del hilo
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