Su vecino SIEMPRE que no toque elementos comunes, puede realizar las obras en su vivienda con la unica condición de informar que va a realizarlas art.7.1
Artículo 7: Modificación elementos comunes y privativos
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna
Pero seria probable que al cambiar de ubicacion el baño haya tocado zonas comunes.(bajantes) sin permiso de la comunidad
Para no soportar los molestos ruidos tiene dos acciones, demostrsr que se han tocado zonas comunes, cosa dificil de demostrar, o la mas sencilla insonorizar su pared