El presidente no asume responsabilidad por un posible rebrote, y no convoca junta, ni mueve el tema, el administrador sin orden del presidente, tampoco, ni puede ni debe convocar junta. Si un grupo de propietarios que a su vez represente el 25% de cotas, desean convocar, pueden enviarle en escrito al presidente o convocarla directamente. Sin escrito y sin ninguna constancia de petición (de palabra no vale) realmente, a ese presidente nadie se le ha dirigido para tratar esa cuestión.