Buenas tardes, ruego me ayuden.
Según pone ahí textualmente “ Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de Propietarios, convocada en sesión extraordinaria"
esto que significa? Un solo propietario puede obligar que se añada ese punto en una junta ordinario? O tiene que conseguir que el presidente acepte ponerlo? Y en caso de que el presidente no lo quiera poner? Le puede obligar ese vecino en el caso de ser vocal? O tendría q conseguir que le respalden un25% de los vecinos para hacer una junta extraordinaria?
Saludos