En primer lugar agradeceros vuestros comentarios.
Por alusiones Luis, las dos anteriores Junta las hizo por whatsapp fue para establecer turnos de la piscina y para votar cambios a raíz de otra queja.
Yo proteste pero pero ni lo reflejaron en acta, ni tampoco el resto de presidentes se mojaron. Me gustaría tener claro si dando autorización los presidentes a ese tipo de reuniones son válidas ??
Yo no di autorización y ahora el administrador quiere hacer otra.
La puerta abre y cierra, yo también considero que no es urgente pero el Administrador ya nos ha dicho que si o si debemos de arreglarle el ruido o cambiar la puerta. Eso es así ?? Si o si ??
Por esas actuaciones por parte del administrador y porque según el, las cuentas las aportará en una semana u dos y tambien porque si tan urgente es y obligación nuestra es la de atender a esos tres comuneros porque ha tardado un mes en avisarnos ??
Por otro lado, Carolina la puerta cierra como ya he dicho y el ruido del camión de la basura es mucho más molesto que el de la puerta de la cochera.
El Presidente de la Mancomunidad pidió contratar una empresa mantenedora pero aún estamos esperando los presupuestos del Afministrador.
El informe de ruido quien tiene que aportarlo, imagino que ellos no ??
Por último, si los comuneros han enviado el escrito al administrador, sin consultar antes a su propio bloque y sin notificar al presidente de la mancomunidad debemos de atenderlos a sus quejas ?? Ese es el procedimiento habitual ?? 3 de 80 marcan lo que se debe de hacer sin pruebas ??
Si pregunto tanto es porque estas mismas personas dieron guerra cuando abrimos la piscina teniendo autorización de sanidad pero el Administrador nos dijo que debíamos de convocar reunión de presidentes ( por whatsapp) porque podían denunciarnos a nosotros mismos.
No quiero que me contentéis con vuestras respuestas, tan solo respuestas ya que son muchas cosas que no termino de entender y quiero exponérselo por videoconferencia al resto de Presidentes pero con ello saber la opinión de cada uno.
Y vuelvo a puntualizar la respuesta del Administrador “si o si” vais a tener que atender sus quejas en base a los artículos antes referidos.