sin animo de confundir a nadie, y poniendo por delante que quizás mi explicación de lugar a confusión por no saber expresar el tema mejor (en realidad la cosa tuvo mas giros de los que escribo, he intentado resumir)
a mi, habrá dos años aprox. me reclamaron una deuda que originó en el 2009…...no era la cuota completa sino que era por una parte de la cuota…...la administradora se empeñaba en ponerme un coeficiente errado…..en mi caso (y los letrados echarán manos a la cabeza porque la verdad me empeciné) la cuota que me aplicaba era MENOR de lo que correspondía, pero yo erre que erre que queria que lo pusiera BIEN…...compramos en el 2004, el caso es que tras 4/5 años de insistir me planté y dije que no pagaría lo que la administradora marcaba en las cuentas hasta que primero, me diera debida explicación de sus cálculos, y segundo dejara constancia en acta de los motivos del cambio de cuota….claro que con los años las cuotas subían pero la mía la calculaba siempre en base al mismo porcentaje (erróneo)
en realidad llegó a admitir que efectivamente estaba mal, pero por no cambiarle las cuotas a toda la comunidad (unos cien vecinos) que NO LO CAMBIABA Y PUNTO….mas gasolina a mi cabezonería…ojo, JAMAS nos reclamó formalmente ningun tipo de deuda…..nos indicaba en acta como morosos pero tampoco nos indicaba en qué cuantía ni porqué…...y no fue por no enviarle burofax y mil etceteras…..
el caso es que desde el 2009 o por ahí (no me acuerdo) yo pagaba siempre la misma cantidad, mensualmente pero sin tener en cuenta subidas (las derramas si las pagaba)...llegado al 2018 creo la administrdora metió todo en el abogado – que a su vez era “amigo” mio por haber sido nuestro abogado años atras, y éste me dijo que me llevaba al juzgado si o si…..tardó un porrón la verdad….
acudí a otro abogado, que sé yo, en el 2014 quien, en principio apoyó mi teoría con toda la documentación de que la cuota estaba mal…..incluso afirmó que con los nuevos cambios de ley era imposible que reclamaran mas de cinco años atrás…...es mas me recomendó seguir así (sin pagar subidas), pues en caso de reclamación ni en broma podrían ir más de cinco años atrás (piensa que no es la cuota mensual completa, solo una fracción aprox. 10 euros/mes en el peor de los años)…..sin embargo llegado la demanda, lo estudió mejor y me vino con dos razonamientos distintos:
el primero venia diciendo que no sé qué de la deuda es anual aunque se pague fraccionado y el deber del pago no caducaba no se cuando...bueno, un lío de explicación que ni me acuerdo, que , al mirarlo todo MEJOR, si se podía reclamar precisamente por ese mismo motivo…..y además que las nuevas leyes NO eran retroactivas, lo generado ANTERIORMENTE a la entrada en vigor del límite de cinco años seguía con la caducidad que tenía…..
y en mi caso concreto (no transferible a otros me imagino), no era ni lógico que yo me opusiera por pagar MENOS de lo que corresponde…..
perfecto….pagué únicamente lo que me reclamaban (no lo que hubiera sido si se calculara bien), me siguen cobrando de menos, pero...ahora hay una demanda por medio que dice que está bien…..a veces uno se empecina por tonterías sinceramente….
el caso es…..para saber si caduca o no…..pasalo por un abogado con la documentación disponible y que lo mire BIEN……
salu2