Si no hay contratos no hay responsabilidad contractual, la contrata en su caso responde de lo ofertado exclusivamente en el presupuesto y como tal no menciona plazos de entrega. Aunque no exista contrato, esto se puede salvar con una orden de pedido por escrito en el que se especifique el plazo de entrega, si la contrata lo acepta asume lo que ali se especifique, pero si todo ha sido verbal, las palabras se las lleva el viento.
Par la siguiente que su presidente haga mejor su función, y que de las órdenes oportunas al administrador.
De todas formas si UD se siente mu agraviada, puede pedir daños y perjuicios, acuda a un abogado pues estas cosas hay que motivarlas mucho.