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J
jgv49
27/03/2021 14:51

MULTA COERCITIVA

¿Cómo recurrir una multa impuesta por el ayuntamiento a mi comunidad?

1.184 lecturas | 2 respuestas

Un Ayto., impone una multa coercitiva a mi comunidad de propietarios en base a los argumentos expuestos por otro grupo edificatorio, de la misma calle, privada de uso público, en base a un desacuerdo, en la realización por separado de una obra de reparación de aquélla, considerando que los estatutos, claramente, no obligan a una actuación conjunta.

El consistorio por el contrario, quiere una uniformidad en la terminación de la calle y por ello obliga aun proyecto conjunto y no a dos por separado.

Después de tiras y afloja, por el hecho diferencial de los estatutos, el otro conjunto edificatorio, plantea una serie de argumentos al Ayto, que motiva la imposición de la multa coercitiva, sin que el consistorio nos haya solicitado nuestra opinión al respecto.

Hay un tema monetario importante por medio, en cuanto a hacer dos obras separadas o de forma conjunta, puesto que en mi comunidad el importe de la obra, es de un 8% del total, frente a un 38% que querían adjudicarnos, basado este porcentaje, en un acuerdo entre administradores, función de la superficies edificadas, y el estudio de arquitectura que iba a realizar la obra y nunca aceptado por mi comunidad, por razones obvias.

¿Es obligatorio que el Ayto., oiga los argumentos de la comunidad a la que se ha impuesto al multa, antes de imponer la misma, o es suficiente oír solamente a una de las dos partes y actuar en consecuencia?.

 
PAULADELAVEGA
PAULADELAVEGA
07/05/2021 02:27
Soliciten audiencia.
 
A
AltosMarbella
03/04/2021 13:16

El ayuntamiento puede imponer multas por lo que considere oportuno, y los ciudadanos podemos recurrir las multas que consideremos que no son procedentes.

Entiendo que la multa es para haceros cumplir algo que ya está acordado. Al menos esa es la función que creo tiene la multa coercitiva, hacer que se cumpla una decisión admnitrativa previa. 

Vuestros vecinos os han denunciado porque segun ellos vosotros estais impidiendo que se lleve a cabo lo decidido por el ayuntamiento sobre la calle. Y el Ayuntamnto ha llegado a la misma conclusión. Os queda el recurso.  

Creo que si el ayuntamiento os obliga a una obra en común, y no habéis recurrido ese punto, ahora os toca poneros de acuerdo en como repartir los constes de la obra en base a criterios objetivos. No podéis argumentar que haciendo la obra por separado os cuesta menos ya que esa posibilidad no existe. Tendreis que llegar a un acuerdo con la otra comunidad para ver que paga cada uno … y si no hay acuerdo buscar un arbitraje.

Aunque si los dos Adminitradores y el arquitecto ya han llegado a un acuerdo … pareceria que el arbitraje ya lo tenéis hecho.  

 

 

Fin del hilo
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