Volver al foro
A
Aliena88
28/06/2021 16:41

Cambio de presidencia en comunidad de vecinos

¿El cambio de cargo de presidente se puede realizar en una junta extraordinaria?

1.183 lecturas | 3 respuestas

Buenos días. 

Les escribo porque tengo una duda, que no sé si alguien me podrá aclarar. Llevo siendo presidenta de mi comunidad desde noviembre 2019. Con el tema del covid, fue imposible hacer una reunión para cambiar el cargo. Según el administrador y en base al RD no sé cuál, seguimos sin poder celebrar juntas para cambiar los cargos. Sin embargo, este miércoles, tenemos una reunión de vecinos de carácter extraordinario (en la calle) para aprobar una derrama. Le he comentado, que ya puestos, si podemos añadir otro punto a la reunión que sea el de cambiar los cargos. Y me comenta, que no, que es imposible que eso no es urgente y que no se puede tratar en la reunión. La cosa es que ya se sabe quién sería el siguiente presidente, puesto que nosotros no votamos, si no que ya está marcado a quién le toca cada año. Nosotros al ser el último piso, les toca ahora a los de enfrente, y luego a los de abajo, y así sucesivamente…

Realmente no se pueden cambiar los cargos hasta mínimo diciembre de 2021 como este señor me comenta?? Porque realmente os digo, que más de dos años al cargo ya me parece intolerable, más cuando en dos días tenemos una reunión. 

Gracias de antemano por sus respuestas. 

 

Un saludo. 

 
carolinevega
carolinevega
29/06/2021 17:48
la verdad que no entiendo su problema, maxime cuando usted es la presidenta y es usted quien decide los temas a tratar. Si ya se ha remitido el acta de la junta no se puede.Digale a su administrador, en que art. De que ley figurA que sinen la actualidad se tiene que realizar junta necesariamente por tema urgente no se pueda incluir el cambio de cargos que lleva un minuto en aprobarse. No me fio de su administrador
 
F
Fixin
29/06/2021 15:58
Es cierto que el RDL 8/2021 prohíbe las juntas presenciales salvo por motivos de urgencia y que, si todos los vecinos acreditan que disponen de los medios necesarios, se pueden hacer telemáticamente. También es cierto que el RDL prorroga hasta el 31 de diciembre el desempeño de los cargos de la comunidad así como los presupuestos de la misma. Así el planteamiento de su administrador es correcto. Ahora bien, una vez que la junta va a reunirse por otro tema urgente no veo inconveniente en aprovechar para hacer la renovación de cargos. Eso sí, la convocatoria de la junta debe hacerse con un mínimo de tiempo que permita que el contenido sea conocido por todos. Difícil incluir ese tema con tan solo dos días para la junta.
 
VonRichtofen
VonRichtofen
29/06/2021 13:57
Hola , no sé de donde saca eso el administrador y no creo que haya normas diferentes en cada CCAA. Le puedo decir que en la CP que era vice-presidente lo tuve que forzar porqué la Presidenta y los Administradores con la excusa del covid se negaban a convocar junta anual . Pues bien mediante un escrito firmado con el 25 % de cuotas y propietarios se hizo una junta extraordinaria a resultas de la cual despachamos a los administradores , nombramos a una empresa nueva y se impugnaron los acuerdos de una junta telemática " ilegal " del anterior administrador , decir también que presidencia rectifico su comportamiento y se avino a lo que proponía la mayoría . No ha sido fácil debido a la negativa recalcitrante de abandonar el cargo por parte de la anterior administración pero con insistencia y tenacidad se consigue . Y es lo que le recomiendo : CESAR al administrador y convocar junta extraordinaria ( o las que hagan falta ) y volver a la normalidad .
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento