Ud. llevará un año, pero en todo este tiempo no se ha enterado de nada. Ud. es la que debe convocar a reunión, al administrador no le compete esa función, y Ud. como presidenta debe saber si se puede o no se puede realizar, depende de su comunidad autónoma, en caso de duda pregunte en la cámara de la propiedad, que depende de la delegación de vivienda.