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salvaescaleras

¿Quién debe pagar el mantenimiento de un salvaescaleras de uso limitado?

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Buen dia, en mi comunidad existen unos salvaescaleras en varios rellanos de escalera (no todos), en cada rellano, el savaescaleras da accesibilidad a una oficina, es decir, de usarse, solo lo utilizan los clientes de la oficina en cuestion.

La pregunta es, el mantenimiento, reparacion y adaptaciones necesarias, a quien corresponde, a la comunidad? o al propietario de la oficina.

El edificio dispone de ascensor, pero el rellano de la oficina esta un peldaño mas bajo que el resto.

Gracias por vuestra atencion

 

 
Pues entiendo que estando de origen son elementos comunitarios y por tanto la comunidad tiene que arreglarlas y mantenerlas.
Aunque no estaría de más que vaya al Centro Fama y solicite la escitura de diision horizontal por si indicase que es partcular
 
Fueron instalados por el promotor (2012), al constituirse la comunidad ya estaban y nunca de trato en junta. Pero ahora el propietario de la oficina quiere que la comunidad pague una reparacion necesaria y el mantenimiento
 
Pues el problemaradica en saber porque se han instalado.
Usted es conocedor de ello?
 

Si él salva escalera no es usado por personal que trabaja en esos locales Uds. no están obligados a instalarlo, como ya está instalado tendrán que sujetarse a lo establecido en el acuerdo de la reunión en cuestión, normalmente si la comunidad lo instaló, la comunidad lo mantiene, al no ser que haya acuerdo en contrario.

 

Fin del hilo
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