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PedroRicardo196613
04/10/2021 15:08

Ceder el paso obligatoriamente por mi vivienda

¿Estoy obligado a ceder el paso por mi vivienda para una reforma comunitaria?

1.320 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes,

Vivo en un piso(1º 2ª) con acceso a un patio pero de uso primitivo(creo que se dice así). En dicho patio pasan varias tuberías y cosas de la comunidad que tienen que arreglar. La comunidad quieren que los trabajadores pasen por mi vivienda para hacer el arreglo. Es decir tener 8h(jornada de trabajo) la puerta abierta de mi casa y pasando por toda mi casa(hay que pasar por todo el pasillo de mi casa) los trabajadores para arriba y para abajo con material de la reforma(tuberías, saco de cementos,….) durante casi un mes de trabajo. Es decir que no tendría privacidad en mi casa en su jornada de trabajo y afectadome a mí(yo teletrabajo). Ellos dicen que estoy obligado. Yo he dicho que dejo trabajar a los trabajodres en el patio(es comunidad) pero no ceder mi vivienda privada por acceso para ello, ya que hay otras alternativas de paso(pero más caras). Como por ejemplo que los trabajadores accedan al sitio de la obra por la calle y subiendo por unas cuerdas.(La empresa de la reparación dice que es viable pero con el incremento correspondiente porque tienen que pedir permiso al ayuntamiento y montar andamios)

 

¿Estoy obligado ceder mi vivienda privada para dicha reforma CUANDO hay otras alternativas de acceso?

 

Gracias.

 
carolinevega
carolinevega
04/10/2021 23:15
Intente buscar esta sentencia
Al existir otras formas de acceder al patio interior para efectuar las obras en los elementos comunes, no se puede obligar al comunero a facilitar el acceso por su local
AP Madrid, Sec. 12.ª, 8-3-2007
 
carolinevega
carolinevega
04/10/2021 21:49
El art. 9.1.C de la LPH , indica claramente su obligacion de permitir el acceso a su vivienda para la reparacion de elementos comunes.
Pero al final indica:
teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
Para usted es un perjuicio el constante trasiejo por su vivienda y el no acceso al patio (pivativo) por lo cual intente negociar. Y eso si, lo que debe exigir es que todos los días le limpien todo lo ensuciado
 
A
aserval
04/10/2021 19:22

Pues si, Ud. está obligado A eso se le llama servidumbre transitoria, y viene recogido en el Art.9 letra c Sepa que la LPH es una ley de 1960   (61) años  promulgada el 21 de julio de 1960, en plena dictadura, es una ley por tanto, prácticamente imperativa y muy difícil de sortearla.

Ud. puede proponer alternativas, pero la mayoría manda, sepa que tiene derecho a que le resarzan si es que sufre daños y perjuicios.

Si sus vecinos acuerdan algo que a Ud no le viene bien, solo tiene el amparo judicial, impugnado el acuerdo, pero ya le digo que eso tiene poca posibilidad de prosperar, ya que de forma imperativa viene recogido en la LEY y las leyes son de obligado cumplimiento que su desconocimiento no le exime de cumplirlas.

 

Fin del hilo
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