En una Comunidad de vecinos con un local en propiedad, ¿tienen que aparecer todos los vecinos y sus datos de DNI, email y teléfono en el contrato o basta con que aparezcan los del Presidente y firme el solo?.
Gracias por adelantado.
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El Tribunal Supremo ha declarado que cualquier comunero puede efectuar actos de administración del alquiler en beneficio de la comunidad. Cualquiera puede instar un desahucio o resolver el arriendo para concertar otro mejor (sentencia de 5-03-1982).
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