Aquí hay que tener cuidado, Esta subida del precio respecto al IPC se puede aplicar en la fecha en la que se cumpla la anualidad de cada contrato. Sin embargo, solo es de aplicación a partir del mes siguiente de la comunicación. Y tomará como referencia el último índice publicado antes de esa comunicación.
Cabe destacar que esta subida nunca es automática, y siempre tiene que ser comunicada por la empresa a sus clientes. Y, además, será de aplicación a partir del mes siguiente a la comunicación. Es decir, si la anualidad se cumple en enero, pero la empresa comunica la actualización en marzo, la subida solamente se aplicará a partir de abril.