Hola,
Me gustaría conocer si hay alguna regulación vigente para los sorteos de presidencia cuando, por ejemplo, uno de los pisos no puede ejercer ese cargo, ¿cuál sería el orden a seguir?
Es decir si hablamos de apartamentos, y quien no puede ejercer es el 18, por ejemplo, el orden siguiente sería el ¿17? ¿19?
Gracias!