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E
eisenheim
29/08/2022 13:04

Rampa acceso portal

¿Basta con comunicarlo al administrador via email? ¿Cómo se debe hacer?

551 lecturas | 1 respuestas

Buenos dias. Es obligatorio tener una rampa de acceso al portal del edificio y no requiere de un acuerdo previo de la junta de propietarios cuando habite alguna persona con discapacidad o mayor de 70 años.

La pregunta es: ¿Basta con comunicarlo al administrador via email? o ¿Como se debe hacer?

 

Gracias

 
T
tiaboba
29/08/2022 14:38

Hay mucha información al respecto en la web, que no procede reproducir, le proporciono un enlace: https://www.mundojuridico.info/rampa-de-acceso-al-portal-del-edificio/

 

Fin del hilo
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