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Consignar cuota

2.431 lecturas | 5 respuestas
Hola a todos, me pueden decir la manera para consignar la cuota? Que hay que hacer y donde?
Muchas gracias
 
Es que hay un juego de palabras. Se consigna la deuda por no haberse pagado las cuotas en su momento.
 
L
labellamaria

[carolinevega> carolinevega Hoy 10:19 NO, la cuota no se puede consignar en ningun sitio

carolinevega Hoy 15:55 La cuota no se puede consignar en el juzgado si no se tiene abierto un expediente

En que quedamos, se puede o no se puede.

 Artículo 1178

La consignación se hará por el deudor o por un tercero, poniendo las cosas debidas a disposición del Juzgado o del Notario, en los términos previstos en la Ley de Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. Aunque para algunas sea una solemne “tonteria sonsignarlo”, Nos tendrá que explicar que es sonsignarlo

 

La cuota no se puede consignar en el juzgado si no se tiene abierto un expediente, ya que es necesario la numeracion del mismo para su deposito.
En un notario es una solemne tonteria sonsignarlo, dado que el notario tiene le obligación de informar a la comunidad, que en su despacho existe un depósito y que puede pasarse a recogerlo
router
21/09/2022 16:00

Gracias

 

Las cuotas se pueden consignar judicialmente o notarialmente, pero para ello debe haber una justificación, y es preceptivo que sea consecuencia de una impugnación, como para impugnar debe ser a través de abogado, este ya la le realizará la tramitación.

router
21/09/2022 12:23

Gracias

 
NO, la cuota no se puede consignar en ningun sitio
router
21/09/2022 16:01

Gracias

 

Fin del hilo
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