La Ley de Prevención y su desarrollo, en el RD 171/2004, obliga a las empresas que coincidan en un mismo centro de trabajo, a realizar la denominada Coordinación de Actividades Empresariales (CAE). Esto incluye a las Comunidades de Propietarios.
Esta situación se da, tanto cuando la comunidad tiene trabajadores propios, como cuando la comunidad contrata servicios que le son propios como conserjería, limpieza, mantenimiento de ascensores, calderas, etc.
La Comunidad de Propietarios, por tanto, se encuentra obligada a desarrollar, con las empresas externas y/o trabajadores autónomos, esta actividad preventiva. La Comunidad de Propietarios tiene que facilitar a todas las empresas documentación que consiste en una evaluación de riesgos de los lugares de trabajo, con las medidas preventivas a aplicar, y las medidas de emergencia. A su vez, tiene que solicitar de cada una de las empresas externas la documentación que le garantice que cumplen con la normativa en materia de PRL.
La comunidad, además, tiene que vigilar que estas empresas cumplen con la Prevención de Riesgos Laborales.