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Level3
26/11/2022 09:26

Delegación de voto del presidente

¿Puede delegar mi pareja su representación legal en mí en la próxima junta de la comunidad?

1.238 lecturas | 6 respuestas

Hola, mi pareja es propietaria de una vivienda en un edificio de seis vivendas, por lo tanto una comunidad relativamente pequeña, pero que últimamente tiene algunos problemas. Normalmente a las juntas suelen asistir los propietarios con sus parejas, incluso algún hijo de propietario, siempre sin problemas en este sentido. Pero últimamente hay algunos problemas que van a hacer que tengamos que ceñirnos más a la legalidad. A  mi, como pareja de la propietaria, ya me insinuaron que no podía asistir a la junta por no ser propietario, y es cierto. El problema es que mi pareja, que en la actualidad es la presidenta de la comunidad, delega en mí en estos quehaceres. En la próxima junta se van a tratar algunos temas graves que hasta la fecha no estabamos acostumbrados ( certificación de deuda de un propietario, manipulación de las instalaciones eléctricas y de sumnistro de agua por parte del mismo), es decir va a ver tensión, y queremos hacer las cosas bien y dentro de la legalidad, por todo ello mi duda es si mi pareja puede delegar su representación en mí, como propietaria, y que pasaría con la presidencia en esa junta, se debería elegir uno provisional? Debería serlo el secretario actual? Podría asistir ella sólo en calidad de presidenta

Gracias de antemano


Editado por Level3 26/11/2022 9:28
 
ManuelPB
ManuelPB
03/12/2022 09:24
El presidente o el que presida la junta tiene que ser un propietario, si no puede asistir el presidente tiene que presidir la junta un propietario si no hay vice.
Si no eres propietario no puedes tener cargo alguno, ni voto sólo si es delegado
 
ARV1
ARV1
26/11/2022 18:08
Caramba!!! Usted hace una consulta por ignorancia. Recibe dos respuestas y elige la correcta. Muy bien.
 
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Level3
26/11/2022 14:07
No es mi interés ejercer como presidente, tengo claro que sín ser propietario puedo asistir por delegación de mi pareja(propietaria)..Lo que no me queda claro si ella puede asistir y ejercer de presidenta o bien no puede asistir y se debe elegir un presidente para esa junta..
Creo que la respuesta de luismp es la correcta...
Editado por Level3 26/11/2022 14:10
 
ARV1
ARV1
26/11/2022 12:50
Mire....el cargo de presidente no es delegable. El presidente por ley ha de ser propietario. Dicho esto y dado que su comunidad es pequeña, si la comunidad en su totalidad aceptara que usted ejerciera la presidencia habida cuenta las circunstancias de parentesco existente, podría serlo pero esto debe estar recogido en acta y tienen que votar todos. Con uno que diga que NO, no podría ejercerlo ya podría ser objeto de impugnación.
Delegación de votos: cualquier propietario puede delegar su representación en otra persona para asistir y votar por él en la junta (vecino, familiar, amigo, amigue) siempre mediante escrito con fecha y firma del propietario que quiere ser representado y que el representante entregará al secretario o administrador momentos antes de la reunión.
Sobre los acompañantes? No deberían asistir ya que es una reunión de propietarios, pero si hay buena armonía entre los vecinos, se puede dar manga ancha para su asistencia, pero legalmente no deben asistir.
 
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luvicon
26/11/2022 12:47
La presidenta actuará como tal y presidirá la junta, naturalmente si ella manifiesta que tú actuaras como su asistente, no hay problema, debiendo constar así en el acta.
 
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luismp
26/11/2022 09:44
Efectivamente, puede delegar en ti como propietaria, pero no puede asistir, y tendrán que nombrar un presidente para esa junta. Eso es lo legal.
 

Fin del hilo
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