Volver al foro
C
cabre
15/12/2022 12:18

Celebrar junta de vecinos en localidad distinta del inmueble

¿Es legal celebrar una junta de vecinos a 300 km de distancia?

1.878 lecturas | 19 respuestas

Hola,

Al presidente se le ha ocurrido la grandiosa idea de celebrar una junta de vecinos no ya en una localidad distinta a donde se encuentra el inmueble, si no en otra comunidad autónoma.
Ambas localidades están separadas por más de 300 km.

Mi pregunta es ¿esto es legal? He leído la LPH y no indica nada al respecto, pero me parece de cajón celebrar la junta en el mismo inmueble o en salas cerca, pero no ya a 300 km de distancia.

Acabo de recibir la convocatoria y entiendo estoy en plazo de poder impugnar ¿cuáles serían los pasos para hacerlo?

Un saludo

 
ARV1
ARV1
18/12/2022 08:08
La LPH es una ley de poco interés para los políticos actuales. Ahora están por otra cosa más importantes a sus intereses, la derogación o bajas penas para su corrupción. Es decir, que robar les sea gratis. Los problemas sociales de las comunidades de vecinos cree usted que les importa?.....cree usted que les importa que usted tenga o no ascensor o que su vecino sea un ocupa o un salvaje, cree usted que le importan que sean morosos o que su vivienda se inunde de humedad?
 
E
Eloy516
16/12/2022 19:55
Ni que decir tiene que sobre todas las exposiciones que habéis hecho, se encuentra el "quid o la esencia" del asunto, debido a que todas esas exposiciones son muy ciertas y reales.

Esperemos que algún día no muy lejano, se actualice la LPH, no por gusto, sino por necesidad, y la adapten a los tiempos actuales, ya que la misma tiene muchas lagunas jurídicas.
 
ARV1
ARV1
16/12/2022 18:35
Es evidente que el no afrontar los problemas no los soluciona, pero cuando vas una vez, y otra, y otra, y siguen los mismos problemas la gente se cansa. En ocasiones hay problemas de difícil solución (ascensores, reformas en general, ruidos de vecinos, morosidad, etc...) que son muy difíciles de solucionar y por más reuniones a las que asistas sales con la cabeza caliente y los pies fríos. Sí a esto le añades un presidente cacique, o un administrador pasota, o un vecino chulo, para qué asistir?. Estos son a grandes rasgos los problemas de la falta de asistencia a mi modo de ver, más la ignorancia de la ley y normas de las comunidades de propietarios.
 
L
luismp
16/12/2022 16:14
Por supuesto que pasan todas esas cosas, pero la respuesta no es no asistir, ya que entonces unos pocos se hacen con el control, y hace lo que les apetece, a veces con serías consecuencias.
Llevo muchos años en este mundillo, y en bastantes comunidades, y la experiencia es que, en las comunidades con bastante asistencia, y propietarios implicados, se controlan estos desmanes, y funcionan bastante bien.
 
L
luismp
16/12/2022 15:47
Todo esto que decís unos y otros, es muy cierto, pero yo nunca he entendido que muchos propietarios sean incapaces de dedicar unas pocas horas al año, en asistir a la junta ordinaria y normalmente a 1 o 2 extraordinarias ¿6, 7 horas?. Con la asistencia de la mayoría seguro que las cosas funcionarían mucho mejor.
 
ARV1
ARV1
16/12/2022 13:47
Lo que ocurre es que la sociedad está llena de problemas, laborales, económicas, familiares, salud.....y si además le llegan problemas de su comunidad de propietarios pasan de éstos al que consideran menores a sus intereses. Si además están sujetos a una ley enrevesada, que desconocen, pero con un administrador contratado en el que confían (pero ya se dice: la confianza mata) alejan estos problemas que consideran menores y no asisten a las reuniones.
Y ya se sabe: a río revuelto, tajada que me llevo.
 
L
luismp
16/12/2022 11:10
Reconociendo que la LPH es bastante desastrosa, el gran problema de las comunidades de propietarios es el pasotismo de los propietarios. Estamos cansados de leer, que en comunidades grandes, la participacion en las juntas no suele pasar de un 20 o 25%, cifra que puede elevarse algo, hasta el 35 o 40 en las comunidades pequeñas, y aparecen los administradores y presidentes que se cree los dueños de la comunidad, y como no tienen oposición, realmente lo son.
 
carolinevega
carolinevega
16/12/2022 10:55
La sumisión que surje de la inaccion de los propietarios, es directamente proporcional a la sumisión actual a la politica nacional.
Somos así, nos quejamos mucho, pero segimos mano sobre mano
 
ARV1
ARV1
16/12/2022 08:16
Para Eloy516.
Me uno a su queja o protesta, pero como usted observa, hay en medio un profesional (el administrador) que observando esa tropelías no se planta ante ese "presidente y promotor" para advertirle que eso que propone está fuera de toda lógica y sentido común y que está obligando a que los propietarios inicien un procedimiento judicial que sin duda tendrá éxito y que por tanto debería corregir tal decisión. Debiendo unirse a los propietarios y arroparlos con temas legales ya que son los que le pagan sus honorarios. Cosa que no hace.
Y sobre la ley de propiedad horizontal que data de 1960 y con muchos parches posteriores está anticuada, envejecida y fuera de la actividad diaria y de los problemas que la sociedad tiene actualmente. No se puede recurrir a un juzgado día sí y otro también cada vez que alguien comete una tropelías porque la ley no regule esas posibles tropelías y hasta abusos absurdos por parte de administradores que miran más por sus intereses que por los que representan ante los que pagan sus honorarios.
Por otra parte, la sociedad está obnubilada, ajena y carente de interés tanto de derechos como de obligaciones por una falta de formación legal aunque la ley (la cual ignora,) le hace responsable a pesar de su ignorancia. Y así estamos. Solo nos quejamos cuando nos toca y ponemos el grito en los cielos
 
E
Eloy516
15/12/2022 23:14
¿Nadie se acuerda hoy en día de los juristas que redactaron la famosa Ley de Propiedad Horizontal (LPH), y de aquellos otros juristas que fueron derogando y redactando nuevas disposiciones en la LPH?

Dijeron: ¡¡¡Con dicha ley ya está todo claro y arreglado!!!

Es indignante la sumisión, que llevamos soportando muchos cientos de miles de españoles en esta y otras cuestiones comunitarias y que nadie haga absolutamente nada de nada, en favor de los resignados y sufridos propietarios.

Muchas cosas de lo que realmente viene sucediendo en las llamadas comunidades de propietarios, es de una imbecilidad rotunda, y encima nos aconsejan el acudir a un juez para que nos diga esta persona que tiene autoridad y potestad para juzgar y sentenciar, que quien ha ordenado hacer una reunión a 300 kms, de la comunidad, no debe hacerlo, ya que se presupone que quien haya convocado esa reunión, carece de falta de inteligencia. Y así, después de escuchar la sentencia, nos quedamos todos contentos y alegres.

¡¡¡Que AMARGURA de LPH!!!
 
ARV1
ARV1
15/12/2022 18:48
En esa reunión que convocan, qué orden del día exponen, de qué puntos tratará la reunión?. Cuanto menos es curioso que teniendo un administrador les debe indicar los puntos a tratar y la liquidación de gastos e ingresos para saber el estado actual de las cuentas y los morosos existentes.
Editado por ARV1 15/12/2022 19:37
 
C
cabre
15/12/2022 16:25
Una vez constituida los estamos abonando entre todos, aunque hay una morosidad brutal pq mucha gente no se ha dado cuenta de que se ha constituido dicha comunidad. La gente no tiene viviendas en propiedad, solo garajes y estos o bien son de la promotora(quebrada o vete a saber dónde anda) o bien los tienen alquilados. En ningún momento se ha puesto ningún cartel en el garaje o en el propio portal.
Hasta entonces era el propietario del inmueble el que "pagaba" los gastos. Lo pongo entrecomillado pq realmente quien lo pagaba eran y siguen siendo, los inquilinos de los pisos que tiene todos ellos alquilados. Pues les sube un dinero más el alquiler y de ahí lo saca.
 
carolinevega
carolinevega
15/12/2022 14:50
Y quien ha pagado los gastos comunitarios desde 2008 hasta 2018 que se formalizó la comunidad?
Y desde 2018 hasta 2022 una vez constituid, quien los ha abonado?
 
ARV1
ARV1
15/12/2022 14:05
Para poder uniros los vecinos, alguien debe convocar una reunión de carácter informativo en vuestro bloque o urbanización (mediate carteles de aviso) y allí informar de lo que acontece. Deben de crear un documento y firmalo con nombre, DNI y propietario del piso tal y tal. Y mandarla al presidente y a su amigo el administrador fehacientemente amparada en abuso de derecho y pedir que esa reunión se haga en vuestra localidad. Sí no tiran para atrás, ese documento deben presentarlo como prueba en juicio de equidad en el juzgado como prueba de buena voluntad y razonamiento. Y a ver qué le dicen. Lo importante es no ir con las manos vacías.
Editado por ARV1 15/12/2022 14:17
 
ARV1
ARV1
15/12/2022 13:51
Usted dice que el administrador va de la mano de promotor y yo le digo que es lógico porque por eso el promotor le ha elegido para llevar la comunidad, es decir le ha dado ese trabajo y por ello en agradecimiento se doblega a sus voluntades. Por esto mismo es lo que primero deben de hacer, cesarlo y contrata otro de vuestra confianza (cuestión difícil porque encontrar uno bueno es difícil).
El presidente (como ya le han dicho) solo tiene un voto, aunque posea muchas propiedades, aunque si tiene la suma de sus coeficientes, pero como se debe tener doble mayoría para alcanzar los acuerdos, habrá empate, es decir, tendrá él mucho coeficiente pero un solo voto y ustedes muchos votos pero no superarán el coeficiente que él tiene. Y para esto hay que ir al juez para realizar un juicio de equidad. Deben ir a juzgado para interponer juicio de equidad donde deben de exponer sus argumentos junto con lo de ese promotor (presidente) y el juez decidirá que por lógica se inclinará por vuestra posición. Sí, un follón que ese presidente por un abuso de derecho y no de lógica ni buena fe, les está causando y el administrador no se moja.
Ustedes mientras tanto deben de unirse y protestar mediante carta censurando su labor y pedir que esa reunión se haga en vuestra localidad, preferentemente en vuestro edificio ( en le portal, por ejemplo) y a ver qué le contesta.
 
C
cabre
15/12/2022 13:36
Pues la respuesta a dónde se han venido realizando da para otro hilo bizarro...
A pesar de ser un edificio construido en el 2007 y habitado desde el 2008 no se ha constituido la comunidad de propietarios hasta el 2018 o así, no enterándose nadie de cuándo ni cómo se constituyó. Reuniones no se han hecho nunca hasta el año pasado (en plena pandemia) en el que también la hicieron de esta manera (ofreciendo la posibilidad de hacerla por videoconferencia)
 
C
cabre
15/12/2022 13:10
En este caso, como el propietario de casi todo el edificio es una empresa ubicada en la localidad alejada, y el resto de propietarios del resto del edificio (hablamos de 20-30 personas) vivimos ahí, es por eso por lo que lo han hecho.
¿Cómo y dónde puedo impugnar la celebración de dicha junta? El administrador va de la mano del propietario, ya que dicho propietario tiene la mayoría y es él quien hace y deshace a su antojo.
 
ARV1
ARV1
15/12/2022 13:08
Vamos a ver. Le pregunto: dónde se han venido realizando periódicamente las reuniones?

Cuando la ley no define una situación concreta hay que atenerse a los usos y costumbres como recoge el Artículo 1, punto uno y tres del C. Civil.

Como ya he dicho en otras intervenciones, el presidente no es caudillo de la comunidad, ni el administrador tampoco. Ambos (el presidente más por ser propietario) tienen deberes, obligaciones y responsabilidades (que pueden ser muy serias) y que cuando (por acción u omisión) se saltan, las consecuencias no suelen ser nada gratas.
En su caso, las reuniones se han de hacer donde se venían realizando y no donde a él le convenga (salvo que se acordaran en una junta o estatutos otra modalidad, que no es el caso). Dicho lo anterior, usted o ustedes, deben comunicar al presidente y al administrador (si lo hay), de forma fehacientes que esa reunión es improcedente hacerla en el lugar que ha destinado porque vulnera el derecho de asistencia por su distancia, que contrapone el sentido de la buena fe y la costumbre que hasta ahora se venía aplicando y que de no corregirse, tanto los acuerdos alcanzados como su proceder, serán debidamente impugnados y demandados, con inclusión de daños y gastos producidos. Y a ver qué le dice. Sí sigue en su empeño, le queda buscar abogado y al juzgado con él.
 
carolinevega
carolinevega
15/12/2022 12:43
Como siempre, aparece un caso que supera en estupidez a los anteriores, el otro día aparecía u o que había puesto junto por la mañana, pero este le supera.
Ese presidente es un lumbreras
Y que opinan el resto de propietarios?
Tiene tiempo de sobra para impugnar, aunque se celebre
Tiene
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento