Segun la votacion deberan instalr el ascensor.
Para que no haya problemas, sería bueno que hicieran una Junta extraordinaria, para ratificar el acuerdo y resentar el presupuesto definitivo, con todos los datos de la instalación, el reparto de las cuotas a pagar cada inmueble. Seguramente, asi lo suelen hacer las empresas de ascensores, se podra financiar la instalación. Tambien pueden tratar la opción de financiación.
Deberan indicar: Queda facultado tanto el Presidente como el Administrador de forma indistinta y expresamente para el caso no pagar la derrama, correspondiente a la instalación del ascensor, por algún inmueble, proceder judicialmente en su reclamación, a cuyo fin se utilizarán los servicios de Abogado y Procurador que representen y defiendan a la Comunidad, siendo de cuenta y cargo de los deudores los gastos por su intervención, tal y como así determina el artículo 21.6 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, incluso aún en el caso de que presentada la demanda procedan al pago de la deuda, ya que en caso contrario sería un sistema abusivo para el propietario que deja de pagar hasta el momento de su reclamación judicial.