Hola,
en nuestra comunidad hemos encargado a un arquitecto técnico un informe sobre la ITE y nos ha entregado el RE-838. A partir de esto, encargamos unos anteproyectos para solucionar las deficiencias del edificio. En unos días haremos una junta extraordinaria para establecer unas cuotas extraordinarias (derramas) y explicar a los copropietarios que haremos una intervención de urgencia que afecta a la seguridad del edificio.
Tenemos entendido que si el ayuntamiento realiza la inspección si la comunidad está en el proceso de realizar derramas para solucionar las deficiencias para superar la ITE, tenemos un arquitecto técnico en la labor, … no supondría la imposición de una multa.
La pregunta sería, ¿cómo tenmos que tener documentada todo este trabajo para que el ayuntamiento no nos imponga dicha multa en caso de inspección? ¿Con el acta de derramas para solventar las deficiencias serviría, los anteproyectos, el documento RE-838,…?
Muchas gracias.