Que si Sra, pero yo le he hecho otra pregunta, y tampoco me ha contestado.
Intérprete el artículo 396.
instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las
instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua,
gas o electricidad,
Como no le pongamos llave para entregarlas cerradas, ¿qué hacemos Srª? Ahora, si UD se quiere llevar la razón en su absurdo planteamiento, no me voy a molestar en meterle en la cabeza lo que no le entra.