Hola todos,
En mi comunidad nos encontramos en una situación parecida y aunque hace tiempo ya pregunte algo similar me gustaría comentaros lo siguiente.
Vamos a realizar próximamente la junta ordinaria la cual hace más de 4 años que no se hace, con eso os podéis hacer una idea de lo enradecido que esta el ambiente.
En nuestra comunidad, hay un local que ostenta el 21% del coeficiente, el administrador como dice el compañero, ha mima muy bien a este votante por decirlo de alguna manera, con obras que no se han aprobado en junta con la excusa d eobras urgentes lo cual tenemos serías dudas de que realmente hubiera necesidad en ese momento de un problema real, en la comunidad de al lado la cual el propietario del local también dispone de local teniendo al mismo administrador se le excluye de pagar el cambio de interfonos con un ahorro de 2.300 €, sin tener estatutos ni nada parecido que le excluya de este pago ni cualquier otro, etc etc.
A lo que voy, sobre la doble mayoria, se habla de que para aprobar algo se precisa de mayoria tanto de votos como de coeficientes, en nuestro caso, al tratarse de junta ordinaria, hablamos de ratificación de cargos que lleva implicito una junta ordinaria, si el resultado es que ganamos en votos los que queremos echarle pero no en coeficientes, esta claro que no hay dobe mayoria.
Mi pregunta,el administrador tampoco obtiene el respaldo para continuar al tratarse de una junta ordinaria en la que se esta votando sobra el ratificar o no en el cargo al administrador.
Es decir, yo lo interpreto en que en una junta extraordinaria se ha de proponer un cambio de administrador, esta claro que con esta ley, se precisa doble mayoria, pero en una ordinaria en la que hablamos de ratificación del cargo, el administrador tampoco consigue la doble mayoria.
Me gustaría saber que pensais sobre mi planteamiento.
Saludos y gracias.