Es curioso que alguien pida opinión y una vez se le da parece que le molesta si no coincides con la suya. "Que veo que solo tenéis en cuenta lo que os interesa", y yo me pregunto, ¿qué es lo que solo me interesa?
Luego sigue con una afirmación que simplemente es incorrecta, "Lo que sí dice la LPH, es que el presidente se elegirá por el resto de propietarios". No, la LPH no dice eso, quizá es usted el que quiere ver en la ley lo que SI le interesa. El art.13.2 dice textualmente “2. El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo”. Es decir, en ningún momento dice la LPH que lo deben elegir el resto de copoprietarios. Esto es de su cosecha.
Luego, al final, se da a usted mismo, una razón que echa por tierra su teoría, “Claro está que eso no sería lógico porque le privarías de su derecho a voto.”
En fin, que no hay por donde cogerlo.