Volver al foro
B
Bloque215
15/10/2023 22:28

¿Cual es el plazo para que administrador saliente entregue la documentación?

¿Cuál es el plazo para entregar la documentación de la comunidad?

777 lecturas | 4 respuestas

A mitad de julio, tuvimos la suerte, de que la administración de la comunidad, decidió cesar por su cuenta, los íbamos a cesar en la próxima junta, pero viendo que no van a poder explicar toda la mierda que va a salir, se adelantaron ellos.

Como digo, a mitad de julio volaron, el 12 de septiembre, el nuevo administrador, envió el acta al administrador saliente para indicarle, que el había sido nombrado como nuevo administrador de la comunidad.

Según el nuevo administrador, el anterior tiene 30 días para entregar la documentación de la comunidad, desde el momento del envío del acta, es decir, el 12 de septiembre y no desde el momento de la dimisión del propio administrador a mitad de julio.

Me parece lógico pensar que lo correcto es como dice el nuevo administrador, pero por si acaso, pregunto.

A día de hoy, nada se sabe de la documentación que como presidente, quede con el nuevo administrador, que me avisara en el momento que ya la tuviera de forma completa.

 

 

 

 

 

 
carolinevega
carolinevega
09/11/2023 20:53
El presidente no reemplaza a nadie de su cargo, por lo cual no tiene que solucionar nada, porque lo más probable, es que carezca de los suficientes conocimientos para hacerlo.
Por lo menos eso no lo indica la LPH
 
K
kosilio
09/11/2023 16:59

El nuevo administrador continúa con el fondo común que se le entrega, no tiene porque ni verificar ni solucionar las chapuzas anteriores.

Si hay problemas antes de contratar a un administrador y después de echar al anterior, la administración pasa al presidente, y es este el que debe soluciónalo.

 
B
Bloque215
09/11/2023 10:56
Pues a día de hoy se nos ha aportado una parte pero no toda la documentación, el nuevo administrador da la sensación de que no quiere molestar a su colega, en que país estamos, una vergüenza todo.

Precisamos de hacer junta y esta documentación es importante tenerla antes de esa junta, imagino que pedirla por orden judicial debe de tarda una eternidad.
 
C
cano01
21/10/2023 17:35
Cuando se la requieran por orden judicial, si es que no lo hace por propia voluntad.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento