Las comunidades de propietarios están obligadas a presentar desde el 1 de enero de 2014 y con efectos desde febrero de 2015, el modelo 347.
Esta exigencia fiscal obliga a las comunidades a declarar las operaciones con terceros, por ejemplo con empresas de reformas, cuando hayan superado en su conjunto y durante 2019 la cifra de 3.005,06 euros.
Si Ud lo abona de su cuenta particular, ¿cómo va a justificar que en realidad es un gasto de la comunidad?