Buenos días, cuando se terminó de construir el edificio (1976) se redactaron unos estatutos donde decía que los locales no participarían en los gastos de comunidad, entiendo que son los ordinarios y sí participa en los extraordinarios como a venido haciendo,arreglos de tejado , saneamiento, pintura patios luces.
Al ser un bien para la seguridad de todo el edificio pienso que sí debería pagar,el dueño tiene gestores que le han dicho que no le corresponde.gracias por las respuestas, pero no se con cual quedarme. Saludos