Volver al foro
S
SaVal24
19/03/2024 10:58

Provisión de fondos para gastos de la comunidad

¿Es legal cobrar una provisión de fondos para gastos de la comunidad en una junta extraordinaria de vecinos?

1.043 lecturas | 7 respuestas

Buenos días y gracias por aceptarme!!

He recibido una convocación para una junta extraordinaria de vecinos en la cual en un punto se quiere aprobar el pago de provisión de fondos para gastos de la comunidad donde hay mucha morosidad.

He llamado al nuevo adminsitrador y me dijo que con las quotas que pagamos, al menos los que pagamos, no tiene suficiente o llegan muy justos para hacer frente a los gastos comunes. Por esta razón quieren cobar una suma extra mensualmente a título de provisión de fondos para gastos de la comunidad, aún no sabe cuánto pero nos lo dirá el día de la reunión, a parte del cobro trimestral de gastos de comunidad.

Está previsto demandar judicialmente a los morosos y cunado hayan pagado, me dijo que el dinero del fondo será reembolsado o se aplicará a reparaciones o mejoras.

¿Esto es legal? ¿Me puedo negar a pagar esta provisión de fondos?

 

Muchas gracisa

 
C
cafeton
31/03/2024 17:21
Pero tienen fondos suficientes, para cubrir el presupuesto aprobado,?
 
T
Tripolin
29/03/2024 22:39
SaVal24, entonces, en parte, perfecto.

Digo en parte porque del dicho al hecho hay mucho trecho.

Hay presidentes o administradores, que aunque se aprueben los acuerdos, luego no se ejecutan. Así que mucho ojo con eso.
 
S
SaVal24
29/03/2024 22:12
Gracias. Ya hemos tenido la reunión y se va a demandar a los morosos y no sé aprobó la derrama
 
T
Tripolin
29/03/2024 21:42
Mi consejo es que el día de la reunión, si no se aprueba demandar a los morosos, tu te niegues a aprobar la derrama y no pagues nunca más hasta que en otra reunión se apruebe demandar a los morosos. Es que es tan sencillo...

Si se añade como punto del orden del día demandar a los morosos y se vota primero la derrama, di que quieres salvar tu voto para informarte primero con un asesor. Si después no se aprueba demandar a los morosos, pues niégate a lo anterior (pagar derrama). Luego deja de pagar las cuotas porque tu comunidad es un cachondeo (por no decir otra palabra más ofensiva).

Eso sí, no pagues la comunidad pero ve guardando las cuotas que no pagues para que el día que aprueben demandar a los morosos, tu puedas pagar al día siguiente todo lo que debas (o estarás en un problema, jejeje).
 
carolinevega
carolinevega
21/03/2024 21:14
SI, es totalmente legal que se trate en junta dicho punto, y de la mayoría de los asistentes a la junta, dependerá que se apruebe o no.
Se apruebe o no se apruebe, será legal.
Se puede negar, no le van a poner una pistola en la sien, si no lo hace. Pero recuerde que entonces se convertirá en moroso.
Para demandar a los morosos, se debe aprobar en junta. Como entiendo que no se ha realizado. Envie un escrito YA MISMO, al presidente, indicándole que se incluya como otro punto a tratar, el emprender la reclamación de forma judicial a los morosos.
Y recuerde que en la convocatoria debera figurar los morosos y nontendrán derecho al voto
Si no le hacen y no lo incluyen. Unase al club
 
E
Eloy516
21/03/2024 21:09
Lo que usted bien comenta, es una pescadilla que se muerde la cola. Lo primero es cobrar a los morosos, y todas las demás excusas, incluyendo que no sabe que cantidad va a pedir, no huele nada de bien.

Cuidado con estos tipos de administradores.
 
FernandezFdez
FernandezFdez
21/03/2024 20:20
Hola, entiendo que a los morosos también se les va a reclamar esa provisión de fondos no?
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento