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Sholarrabo
Sholarrabo
27/03/2024 12:16

Gestoría de comunidades

¿Cuál es la responsabilidad económica del número 5 en los mantenimientos compartidos y cuándo deben pagarlos?

554 lecturas | 3 respuestas
Buenos días.

Les presento el caso.

El número 3 y el número 5 tenemos la misma gestoría de viviendas (compartimos fachadas y tejados comunes).

El número 3 lleva pagando años la limpieza de las bajantes comunitarias que compartimos con los del número 5, pero el número 5 no tiene constancia de ello ni se les ha pedido cuentas de ello.

Acabo de llegar a la presidencia de la comunidad y como secretario de la comunidad de propietarios hago saber este echo a la gestoría que evidentemente me confirma lo dicho anteriormente.

En reunión ordinaria (que ni se informa a la gestoría que acudan, ni acude presencialmente) se realiza el cambio de presidente de la comunidad y se decide por unanimidad prescindir de la gestoría (por incomparecencia y/o no aparecer en ninguna reunión ni dar señales de vida).

Ante este marrón, ¿Que responsabilidad económica tiene el número 5 sobre los mantenimientos de las bajantes compartidas y desde cuándo se considerarían obligatorio pagarlas?

Además, los vecinos mayores ya indican que no van a hacerse cargo de la presidencia de la comunidad, pero tampoco quieren contratar a un administrador, si ellos se niegan a ello (por causa justificada), ¿Cómo copropietarios debemos asumir ese desempeño legal (presidente de la comunidad)?

Además, desde que yo llegué a esta vivienda, se realizaron varias obras en la comunidad y estamos pendientes de realizar una ya presupuestada, (que incluye la fachada). Está obra de va a pagar con los fondos de la comunidad de propietarios (que pagamos todos los vecinos la misma aportación). Legalmente tengo entendido que según la LPH, los vecinos han de pagar las derramas en función de su porcentaje de participación.

Por lo tanto ¿Si mi porcentaje es menor que el de los demás vecinos, se puede solicitar la devolucion del dinero de una derrama ya pagada? ¿Los bajos (locales) deben de aportar su parte correspondiente de la obra de la fachada?.

Y para terminar, el presidente saliente ha contratado un seguro de la comunidad, sin consultar a los bajos (para solicitarles su parte económica). Se está haciendo cargo la comunidad al completo del seguro. Entiendo que como otro gasto comunitario, ¿Ha de ser en función del coeficiente de cada vivienda?.

Gracias por responder a mis preguntas.
 
Sholarrabo
Sholarrabo
27/03/2024 17:50

Buenas tardes Caroline, voy a responderle a su comentario: 

 

Podemos entender que ustedes forman una mancomunidad. (Si tenemos en comun un patio interior, y parece ser que una bajante de todas las manos CENTRO de los numeros 3 y 5)
El portal 3 y el portal 5 tenian el mismo administrador. (Si compartimos DICHO ADMINISTRADOR)
No queda muy claro que portal prescinde del servicio de dicho administradir, pero sea el que sea el cambio no afecta al otro, si partimos de la base que forman una mancomunidad y cada portal se autigestiona de forma individual. (Si nos autogestionamos, pero hemos decidido por unanimidad prescindir de dicha asesoria economica)
Tampoco queda muy claro que las bajantes de cada exificio, sean privativas o realmente las compartan. (Compartimos la bajante de todos los centros, o eso tengo entendido, y la comunidad 3 lleva años realziando trabajos de limpieza de dichas bajantes sin informar al 5 y sin hacerle participe de dichos gastos compartidos. La pregunta radica en que si ellos solicitaran el pago a la comunidad 5 han de pagar dicha derrama?)
Nadie puede autoexcluirse de su oblibacion de ser presidente, será un juez quien deba decidirlo. (Bien, si en algun momento sucediese, y nadie quisiera ejercer de presidente de la comunidad, para excluirse han de cumplir el requisito de que un juez les inhabilite para el ejercicio de dichas funciones?)
No se porque mezcla esta negativa de ejercer como presidente,con la de contratar a un administrador, dado que partiamos de la base que ya existe. (Este administrador sera retirado durante el mes de abril)
Las derramas asi como los gastos, se pagan por coeficiente, si no se ha aprobado lo contrario por unanimidad. (Bien si dicha derrama ya ha sido abonada, o en las actas no existe la diferenciacion por coeficientes o no se ha planteado nada por escrito en el acta, la reunion es impugnable?)
Los locales, si en la escritura de division horizojtal que esta en el Registro, no figura que seguro no figurará, que estan exentos de todos los gastos, si tienen que contribuir. (TIenen que contribuir a que exactamente ,a la derrama de la fachada y al seguro comunitario enrtiendo)
Cuando se aprobó esa derrama, usted era propietario? (SI, yo vote a favor, pero no se planteo el pago por coeficientes, sino de los fondos comunitarios (DE LOS CUALES HACEMOS APORTACIONES MENSUALES POR IGUAL)
El seguro lo abonan todos, incluidos los locales. (Gracias)
Lamento decirle que va apañado con la comunidad que ha encontrado.
Tiene mucho trabajo por delante.
En la próxima aprobación de gastos, no apruebe la no inclusión de bajos y locales al,seguro, y debera impugnar si se aprueban los gastis. (Si el presidente anterior ha contratado dicho seguro sin contar a los locales, o yo he votado a favor sin contar con esto, se les podria solicitar dicho gasto a los locales?)
Que tenga mucha suert

 

Fin del hilo
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