Volver al foro
Anashi
Anashi
17/04/2024 14:39

Problemas en edificio de solo DOS propietarios

¿Cómo solucionar conflictos con vecina problemática en edificio compartido?

839 lecturas | 5 respuestas
Hola, tengo un problema, básicamente mi madre es propietaria de una casa (donde vivimos las dos), en un edificio en el que el primer piso es solo la casa y el bajo es un local que pertenece a una vecina con la que es imposible convivir. Las zonas comunes le pertenecen un 50% a mi madre y un 50% a la vecina. El problema es que esta vecina no para de hacernos la vida imposible, nos amenaza, agrede, extorsiona, rompe y estropea todo en las zonas comunes porque ella no paga ni un céntimo de las reparaciones que se tengan que hacer. Aparte no hay establecida una comunidad de vecinos y es imposible comunicarse con esta persona para hacer nada. Nos a arrancado el timbre cada vez que hemos puesto uno nuevo, hace pintadas en las paredes del portal, se deja la puerta del portal abierta, deja cubos de basura en medio de la salida, tira aceite por las escaleras y nos vandaliza el contador de luz. El caso es que queremos poner cámaras de vigilancia en el portal y un timbre con detección de movimiento y grabación en el portal (para que no lo arranque y si lo hace, que haya pruebas de que es ella y tenga que pagar la reparación del timbre, aparte de que por su costumbre de dejarse la puerta abierta, entraron a robar en nuestra casa estando nosotras dentro, aunque por suerte la policía vino enseguida cuando llamamos). Pero claro, he leído que para poner cámaras se necesita una aprobación en una junta de vecinos, la cual es imposible de llevar a acabo con esta persona tan problemática, aparte de que no aprobaría nuca eso debido a que no deja de hacer ilegalidades. ¿Sabéis cómo puedo arreglar este problema? Muchas gracias
 
R
Rafae177
25/04/2024 10:36
Hola, Anashi

¡Vaya situación complicada! Si quieres instalar cámaras de vigilancia y un timbre con detección de movimiento en zonas comunes, efectivamente necesitarías el consentimiento de la comunidad de vecinos, que en tu caso es tu madre y la vecina problemática. Dado que convencer a la vecina parece inviable, una opción podría ser hablar directamente con la policía o consultar con un abogado sobre cómo proceder en casos de acoso continuo y vandalismo. Ellos podrían orientarte sobre las medidas legales que puedes tomar, incluso sin la aprobación de la vecina, especialmente si ya hay antecedentes de denuncias o intervenciones policiales. Además, en casos de seguridad y evidencia de actividades criminales, hay ciertas excepciones que permiten la instalación de cámaras, pero siempre bajo ciertas normativas y manteniendo la privacidad de los implicados. Un abogado especializado en propiedad horizontal o derecho penal te podría dar la mejor ruta legal para proceder en este caso tan complicado. ¡Suerte!
 
E
Eloy516
18/04/2024 20:30
Asunto complejo, al tener su edificio solamente dos propietarios, al 50%.

Le facilito el texto articulado legal, que existe en estos tipos de ¿comunidades?:

Comunidades hasta 4 propietarios
En las comunidades de vecinos de hasta 4 propietarios que no hayan sido constituidas, el artículo 13.8 de la LPH dice que podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos. Es decir, si no hay comunidad sujetada a propiedad horizontal, funcionarán como un conjunto de personas que comparten algo, debiendo llegar a acuerdos por mayoría y en caso de discrepancia, acudir a los tribunales.

 
carolinevega
carolinevega
18/04/2024 17:12
Ya le dicho que en zonas comunitarias, para instalar camaras, se necesitan 3/5 de votos y coeficientes, y usted nunca los podrá conseguir si la otra persona no accede a su instalación.
Olvide esa vía, no le serviría como prueba, y pidría ser denunciad@ por su instalación
 
A
armentxu
17/04/2024 17:58

Si es una persona demente, tendrá que hablar con sus familiares para intentar tratarla médicamente. Sí, carecería de familiares, póngalo en conocimiento de los servicios sociales.

 
carolinevega
carolinevega
17/04/2024 15:49
Siento mucho su situación, pero usted nunca podrá alcanzar por si solo, una mayoría suficiente lograr el quorum necessario en acuerdos de mayoría simple, 3/5, unanimidad. Sólo puede comseguirlo en quorum de 1/3.
Sólo le queda la vía de la justicia, o demostrarle que no se la tiene miedo y pagarle con la misma moneda.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento