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Rubeninurritza
Rubeninurritza
21/04/2024 20:14

vt vivienda en alquiler

¿Cómo establecer condiciones en estatutos de obra nueva para evitar alquileres tipo VT?

480 lecturas | 13 respuestas

buenas tardes…es sobre viviendas de alquiler tipo VT.

Para poder incluir codiciones en estatutos de una obra nueva antes de entregar las viviendas que queda cerca de 8 meses...se puede dejar establecido un anexo en los estatutos de comunidad para que indique necesaria aprobacion de ¾ partes de los vecinos para montar una VT...no me gustaria tener un alquiler de este tipo al lado y es para prevenir facilidades….si sabe alguien o a tenido el caso de modificar estatutos antes de la entrega de vivienda,..estoy muy interesado,….muchas gracias de antemano..

saludos a todos...

 
vidalsomohano
vidalsomohano
30/04/2024 19:07
Es genial, lo tendré en cuenta.
 
E
Eloy516
29/04/2024 20:37
ARV1

Más claro imposible. ¿Dónde están los que dicen defender la constitución?

Echan antes a una persona residiendo en su vivienda, que a un okupa. Acojonante, a donde hemos llegado.

Muchos golpes de pecho, muchas banderitas, y muy poca vergüenza.
 
C
Camafeo
29/04/2024 17:51
Los " estatutos" ( mejor Título Constitutivo de la Propiedad) los redacta el Promotor y los inscribe .
Habla con el Promotor, y mira si estáis a tiempo de incluir esa determinación.
En una Comunidad que conozco, en Benidorm, se ha incluido esta prohibición recientemente y parece que no ha sido complicado.
La Promoción es COBLANCA
Estos son los datos del Administrador
Suerte!
FERNANDO MEDRANO, S.L.

Avda. Montecarlo, 11 Edif. Loixana (bajos)

Telf: +34 965854853 Fax: +34 965861465

E-03503 BENIDORM

fmedrano@fmedrano.es

- www.fmedrano.es

 
ARV1
ARV1
26/04/2024 19:58
Vamos mejorando.

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/lugo/2024/04/25/okupas-asientan-lugo-morosos-cobran-1500-euros-inquilinos-convierten-pisos-vertederos/00031714046423200114820.htm

 
Rubeninurritza
Rubeninurritza
25/04/2024 23:11
gracias..
 
R
Rafae177
25/04/2024 10:13
Hola Rubeninurritza,si estás pensando en añadir una regla en los estatutos de tu comunidad nueva para controlar los alquileres turísticos, debes saber que necesitas el acuerdo unánime de todos los propietarios en una reunión oficial para aprobarlo. Es más fácil hacer esto antes de que se entreguen las viviendas y mientras se están creando los estatutos. Si hablas con el promotor de la obra para incluir esta cláusula desde el principio, todos los compradores estarán al tanto antes de mudarse. Sería bueno que hablaras con un abogado que sepa del tema para asegurarte de que todo se haga correctamente. ¡Suerte con eso!
 
E
Eloy516
24/04/2024 22:55
¡¡¡Nuevo estilo de vida!!!

El pan nuestro de cada día. Y cada vez más.

A que jugamos en este país???
 
ARV1
ARV1
24/04/2024 14:07
Seguimos mejorando. Si votas lo mismo (si haces lo mismo) obtendrás los mismos resultados. Albert Einstein

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/coruna/coruna/2024/04/24/okupa-desalojada-piso-turistico-coruna-allano-dos-horas-intento-tercero/0003_202404G24P7992.htm
Editado por ARV1 24/4/2024 14:11
 
L
legocito
23/04/2024 21:57

El gobierno sabe muy bien que debido a su ineficaz sistema de gobernar hay mucha gente vulnerable, si hay tanto paro hay mucha vulnerabilidad, prácticamente la mitad de la nación vive de la otra mitad, puestas así las cosas, hay que apechugar con las consecuencias, no hay más, pero, como la abogada del video que lanza su voto al más ineficaz de todos los gestores públicos y así nos va, luego, como no tiene ni idea de lo que hace, se queja, y lanza bobadas de que antes quema la casa que alquilarla. Parece mentira que esta persona sea abogada.

Claro que también hay listos que, a aguas revueltas, ganancias de pescadores.

 
ARV1
ARV1
23/04/2024 16:02
Título: Antes la quemó.

Recomiendo ver a esta abogada donde habla de las ocupaciones de viviendas y la recomendaciones que da antes de alquilar una vivienda, cosa que ella no haría nunca dado como está la ley.

https://youtu.be/Cl4MTxICaBc?si=KYOa2GUXO89DyIVy
 
L
lukatena
23/04/2024 14:22

Antes de entregar la promoción, por parte del propietario único del edificio, puede registrar unos estatutos donde quede prohibido, la realización de actividades económicas, ahí queda incluidos los alojamientos turísticos y alguna cosa más, ventajosas para la comunidad.

 
ARV1
ARV1
23/04/2024 14:05
Seamos serios por favor!!!! Pero qué ley ni niñ_ muerto. A caso no nos damos cuenta que la propiedad privada ha desaparecido. Que si hoy se te meten en tu casa la pierdes durante años y cuando te la devuelvan está saqueada y destrozada???.

Prohibir las actividades molestas??? Por favor!!!, que la ley no vale para nada!!! Que nadie va a dar la cara por tí, y aunque te cueste el dinero, eso tarda años.

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2024/04/22/alquila-piso-turistico-lujo-coruna-fin-semana-okupa-mes-medio/00031713812379658711578.htm
 
C
comdoin
23/04/2024 11:11

El Alquiler de la vivienda es un derecho del propietario a arrendar el departamento, una actividad legal en un lugar establecido a tal fin recogida en la LAU

No se puede prohibir, sí que están prohibidas las actividades molestas. Se puede prohibir por estatutos las actividades empresariales dentro de las viviendas como son los alquileres turísticos e implantación de negocios.

   

 

Fin del hilo
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