Los locales pagan si el ascensor es exnovo,
El importe repercutido se refiere al presupuesto anual.
Se suele solicitar a la empresa que lo instala que reparta el coste en varios años, para que cada anualidad quede por debajo del presupuesto.
Las cláusulas de exoneración de pagos, no operan en los casos de solidaridad, los locales participan, según su cuota o lo especialmente establecido, los pisos bajos de igual manera. Para exonerarles completamente, requiere unanimidad, no pueden desvincularse de la solidaridad requerida de mutuo propio.
Al presupuesto del elevador y de las obras requeridas, hay que restarle las subvenciones a las que pueden tener derecho.
Tenga en cuenta que el valor del inmueble se revaloriza, para todos, pisos bajos y locales.
Luego SI, es preciso modificar estatutos, contribuir por alturas, y exonerar a los locales de conservación y mantenimiento o blindarles los gastos del ascensor en general.
A los pisos bajos no es posible la exoneración, lo pueden necesitar en el futuro, al no ser que haya viviendas a nivel de cota 0. Cada comunidad tiene sus particularidades y hay que verlo.