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A
Astartz
11/05/2024 00:10

Plantas balcón y vecino de abajo

¿Puedo tener plantas en mi balcón sin problemas legales?

514 lecturas | 6 respuestas

Hola,

Vivo en el primer piso de una comunidad de propietarios, tengo unos balcones que dan al patio de uso y disfrute del vecino de abajo. En los balcones dispongo de plantas, entre ellas un limonero y un kumquat y el vecino de abajo se queja de que le caen hojas y pétalos de las flores (algo normal en época de floración de las plantas). La cantidad de hojas derramadas a lo largo de toda una semana no excede ni el contenido de un recogedor. En la normativa de ayuntamiento no hay prohibiciones y en los estatutos de la comunidad no está prohibido la tenencia de plantas. 
Se está poniendo rebelde y está moviendo el asunto a través de la gestoría de la comunidad y están amenazándome con que tengo que quitar las plantas, poner una red o podarlas a ras.

¿Pueden sobresalir hacia fuera del balcón algunas ramas? ¿La caída de hojas y pétalos nada fuera de lo normal podría crearme algún problema? ¿Pueden promover una junta para prohibirme tener plantas en los balcones aunque en la normativa del ayuntamiento no esté prohibido?

La verdad es que me siento acosado por esta persona porque las hojas que caen no son para nada excesivas y no veo para nada factible poner una red.

Muchas gracias por adelantado a todos!

 

 

 

 

 

 

 
S
socano
14/05/2024 21:51
¿Solicitó a la junta permiso para el toldo? O lo autorizan los estatutos.
 
carolinevega
carolinevega
14/05/2024 15:52
Cuando instalo el toldo ?
 
C
comdoin
14/05/2024 10:26

Negocie con él, que UD retirará las plantas para que no le molesten, al mismo tiempo que él deje de molestar con sus gatos, barbacoa y demás. 

 
A
Astartz
14/05/2024 00:25
Hola! Se trata de un pequeño pueblito de la zona sur de Madrid. El problema es que ya se le ha metido en la cabeza que no quiere ver ni una sola hoja caer y está enfrascado. Solo me da dos opciones, quitar las macetas o poner una red. El tema de la red no es viable porque habría que montar enganches en la fachada y armar una tremenda. Y cortar todo a ras para que no sobresalga ni una sola rama me limitaría por completo poder tener nada.
Eso sí, él ha instalado un toldo sin consultar, dispone de barbacoa, tiene gatos que cuando están en celo hacen un ruido tremendo y en ningún momento se le ha dicho nada.
No sé, al ser una línea tan fina lo de “causar molestias” creo que tengo batalla para rato…
 
carolinevega
carolinevega
13/05/2024 23:20
En su terraza, puede poner elementos movibles, sillas, hamacas, mesas, plantas, nadie se lo puede impedir.
Eso si, debe ser consciente, que esos elementos, no causen molestias a un tercero.
Donde está la frontera?
Creo que en este caso, es un poco dificil de determinar, si la primavera con el floramiento, o el otoño con su caida, es un problema con su vecino
 
J
juancojua
13/05/2024 22:31

Tiene que aplicar el artic 394 cc

Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho.

Esta cita del artículo 394 del Código Civil establece que cada persona que forma parte de una comunidad puede utilizar los bienes comunes, siempre y cuando los utilice de acuerdo a su finalidad y sin perjudicar los intereses de la comunidad ni interferir en el derecho de los demás

 

 

Fin del hilo
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