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C
chalete
19/05/2024 12:29

Ascensor sin fotocelula en puertas

¿Es legal que la comunidad se niegue a reparar el ascensor que afecta la seguridad?

308 lecturas | 4 respuestas

B días

 

Somos una comunidad de tres vecinos , el pulsador de llamada del ascensor de mi planta está estropeado , a veces  funciona y otras no . En invierno el ascensor , los días de lluvia o mucha humedad , suele quedarse en mi planta abriendo y cerrando puertas , hasta q es utilizado por alguien o bien el ambiente se vuelve más seco . Organizar  una reunión de comunidad con un presupuesto de la empresa de mantenimiento del ascensor , para poner la fotocelula para atrapamiento puertas que no tiene  y cambiar todas las botoneras de llámada del ascensor en todas las plantas .En la reunión sale el NO , al ser tres ,ellos dos votan en contra , dicen que el ascensor va bien ,y que cuando se para y abre puertas , lo mejor es ir al cuado de contadores y bajar los plomizos y volver a subir y por lo tanto se resetea el sistema , así que tengo días qie tengo que bajar por escaleras con carrito bebé y con cuidado al subir para que los niños no estén cerca de las puertas . 
esto es legal ? Ellos se puede negar a reparar ? , tengo entendido que cuando el ascensor afecta seguridad , basta que un vecino inicie el procedimiento de cambio de estas irregularidades y listo , además se ha publicado la nueva ley ITC  de ascensores , en las cuales hay puntos de seguridad  obligado cumplimiento sin necesidad de él Voto satisfactorio de la mayo.
Pd :el asencensor tiene más de 30 años 

 

 
carolinevega
carolinevega
19/05/2024 17:14
Claro, eso ya es sabido, que las reparaciones que conllevan reparacion de material, tienen que ser abonadas.
No hay que votar, si se arregla o no el ascensir, se arregla porque así lo indica el art. 10.1
Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

 
B
bolquirio
19/05/2024 16:59

Es cuestión de esperar hasta  que pasen la inspección, cuando eso ocurra le darán un plazo para ponerlo al día, y si no lo hacen se lo clausuran y se acabó con la tontería de la comunidad que no quiere.

 
C
chalete
19/05/2024 15:51
Buenas , si que hay mantenimiento de la empresa del ascensor , pero el recambio de piezas hay que pagarlo a parte o el cambio de las botoneras del ascensor tanto interior o exterior lo tiene que abonar la comunidad , no lo regala la empresa del mantenimiento
 
carolinevega
carolinevega
19/05/2024 15:18
Es que ustedes no tienen el obligatorio contrato de mantenimiento?
 

Fin del hilo
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