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Joanalcarazcastells
Joanalcarazcastells
23/05/2024 08:51

Prohibición de poner moto en trastero

¿Puedo poner mi moto en mi trastero privado según los estatutos de la comunidad?

352 lecturas | 2 respuestas
Me ha llegado una comunicación de la comunidad de propietarios que me prohíbe poner la moto en mi trastero privado, que cualquier cosa que pase con la moto,(incendio) el responsable seré yo
He pedido los estatutos de la comunidad si pone algo que esté prohibido ponerla ,si no pone nada de vehículos puedo ponerla?
O prevalece el acta que me lo prohíben
He estado leyendo mucho sobre este tema de motos en trasteros y la ley no pone nada que lo prohíba, no está en los supuestos objetos prohibidos
Espero que me puedan ayudar
 
carolinevega
carolinevega
23/05/2024 13:41
Lo primero que hay que resaltar, es que un trastero, es para depositar elememtos que se utilizan muy poco, y que su función, no es el aparcamiento de vehículos de motor, dado el preligro que supone.
Ahora bien: Si en los estatutos no figura nada de prohibición, la comunidad, no tiene poder coercitivo para prohibirlo.
La L.P.H. ni el último C.T.E., indican nada de prohibición, pero el sentido común, es suficiente, para comprender, que una moto debe estar aparcada en un garajé.
Si usted sigue en su conducta, en caso que hubiese cualquier accidente, en la que la moto fuese protagonista, debe tener en cuenta que usted será el responsable civil, y eso le ouede costar muy caro y arruniarle de por vida.
La comunidad lo que si puede hacer, es prohibirle el paso de la moto, por zonas comunitarias.
Y no le vendría mal, tener un extintor.
Pero lo mejor para todos, es que saque la moto
 
S
skizo
23/05/2024 10:37

El trastero es para guardar trastos como su nombre indica y la moto no creo que sea un trasto.

Utilice las cosas según su destino tal como le dice nuestro Código Civil.

 

Fin del hilo
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