Sí, es legal que el presidente de la comunidad de propietarios solicite al secretario información sobre las cuotas que paga cada vecino. Esto se debe a que el presidente de la comunidad tiene responsabilidades de gestión y supervisión sobre los asuntos económicos y administrativos de la comunidad. La Ley de Propiedad Horizontal, que regula las comunidades de propietarios en España, establece que el presidente tiene funciones representativas y ejecutivas y, por tanto, tiene derecho a acceder a información relevante para el cumplimiento de sus funciones.
En concreto, el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el administrador (en este caso, el secretario también puede desempeñar funciones de administrador) tiene la obligación de custodiar la documentación de la comunidad y ponerla a disposición de los propietarios cuando se solicite, lo cual incluye al presidente de la comunidad.
Por lo tanto, el presidente tiene derecho a conocer los pagos de las cuotas de cada vecino, ya que esto forma parte de la administración y gestión económica de la comunidad.