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gonzalom1000
21/06/2024 09:34

¿PATIO INTERIOR COMO ZONA DE EVACUACIÓN?

¿Es legal instalar una puerta de acceso libre en un patio interior de una comunidad de propietarios?

572 lecturas | 6 respuestas

La comunidad donde vivo está formada por dos edificios con accesos independientes. Existe un patio interior común, donde cada uno de los edificios tiene acceso independiente también. En el pasado, se produjeron robos en viviendas, accediendo a las mismas a través de dicho patio interior. Para evitarlo, aparte de que las puertas de acceso son puertas normales cerradas con llave, se instaló una reja metálica tipo fuelle. El nuevo administrador dice que eso es ilegal y que hay que quitar las dos puertas y colocar una con barra antipánico, (ya que él considera que ese patio es una zona de evacuación) lo que permitiría el acceso al patio interior a cualquier persona, propietario o no propietario que estuviese dentro del edificio. Por mi parte, entiendo que un patio interior nunca es una zona de evacuación y que esa puerta no puede permitir un acceso libre sin llave por seguridad de los propietarios. ¿Podrías comentarme quien tiene razón y si debo permitir que se instale una puerta de acceso libre? Muchísimas gracias

 
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pe1pa
27/06/2024 11:17

Pásenos croquis o fotografías para contestarle con mayor precisión.

 
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gonzalom1000
27/06/2024 07:48
Gracias por tu respuesta. Como comento, el patio interior es comun a dos edificios independientes, cada uno de ellos con su puerta independiente. Si se colocan barras antipánico, que solo se pueden abrir desde el edificio hacia el patio interior y no al reves, si un vecino de uno de los edificios accediera al patio, quedaría a expensas de que alguien del otro edificio "se acordara" de ir a abrir la puerta desde dentro. Creo que con ello ya queda eliminada la posibilidad de que sea una ruta de evacuación, puesto que no cumple con lo de "acceso a espacio exterior seguro". Más allá de eso, la puerta no tiene la anchura necesaria para, por ejemplo, que pase una silla de ruedas, y tiene una altura como de 30 cm sobre el nivel del suelo en la entrada. Más allá de eso, creo que la anchura del muro que delimita el patio de otros edificios colindantes (no del que forma parte la comunidad) no cumple con las distancias exigidas por la normativa para facilitar la dispersion.
 
carolinevega
carolinevega
26/06/2024 12:30
Las respuestan que le facilitaron, no le gustaron no le sirvieron?
 
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casigonz
26/06/2024 12:26

Determinar quién tiene razón en este caso requiere analizar la normativa de edificación y seguridad contra incendios que aplique en tu municipio o región específica.

Posibles argumentos a favor de la postura del administrador:

Patio interior como zona de evacuación: Si el patio interior cumple con las condiciones para ser considerado una zona de evacuación segura según la normativa vigente, entonces la puerta de acceso debería ser una salida de emergencia con barra antipánico. Esto permitiría la evacuación rápida y segura de los ocupantes del edificio en caso de incendio u otra emergencia.
 La reja metálica tipo fuelle podría dificultar la evacuación en caso de emergencia, especialmente para personas con movilidad reducida.
Una puerta con barra antipánico facilitaría el acceso de bomberos, personal sanitario y otros servicios de emergencia al patio interior en caso de ser necesario.

Posibles argumentos a favor de tu postura:

Seguridad de los propietarios: Eliminar las puertas de acceso y permitir el libre acceso al patio interior podría aumentar el riesgo de robos y vandalismo en las viviendas.
Privacidad: Los propietarios tienen derecho a la privacidad y seguridad de sus viviendas. Permitir el libre acceso al patio interior podría comprometer este derecho.
Normativa local: Es posible que la normativa local prohíba la instalación de puertas sin llave en salidas de emergencia que den acceso a zonas comunes.

 Es fundamental consultar la normativa de edificación y seguridad contra incendios que aplique en tu municipio o región específica para determinar los requisitos que debe cumplir la puerta de acceso al patio interior.
Se recomienda solicitar el asesoramiento de un arquitecto o ingeniero especializado en seguridad contra incendios para evaluar las características del patio interior y determinar la solución más adecuada para garantizar la seguridad de los ocupantes del edificio y cumplir con la normativa vigente.
 Es importante convocar una reunión de la comunidad de propietarios para discutir este tema de manera abierta y transparente, considerando las diferentes opiniones e intereses de todos los propietarios. En la reunión, se debe presentar la información relevante sobre la normativa vigente, las recomendaciones del profesional y las posibles soluciones, para llegar a un acuerdo consensuado sobre la mejor manera de proceder.

En resumen, no hay una respuesta única y definitiva a la pregunta de quién tiene razón en este caso. La decisión final sobre la puerta de acceso al patio interior debe basarse en un análisis exhaustivo de la normativa vigente, las características del edificio y las necesidades de seguridad de la comunidad de propietarios.

 
carolinevega
carolinevega
26/06/2024 11:55
No le han convecido las respuestas que le han facilitado en el otro sitio?
 
C
comdoin
26/06/2024 10:56
El administrador eso dice, pero ¿qué opina la junta al respecto?
 

Fin del hilo
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