La práctica de utilizar correos electrónicos para la toma de decisiones en una comunidad de vecinos no es inusual, pero presenta ciertos problemas legales, especialmente cuando se trata de temas importantes como el permiso para realizar obras.
En general, para la aprobación de obras en una comunidad de propietarios, se requiere la convocatoria de una junta de propietarios donde se debatan los puntos del orden del día y se tome una decisión mediante votación. La Ley de Propiedad Horizontal establece que, salvo en casos de urgencia debidamente justificada, las decisiones importantes deben tomarse en una reunión formal y no simplemente mediante el envío de correos electrónicos.
El hecho de que se indique que el silencio se considera como una aprobación tácita no es un procedimiento adecuado y podría no ser válido. Además, el envío del email en pleno agosto, cuando muchos vecinos pueden estar de vacaciones, y con un plazo tan breve de respuesta (5 días) también podría ser cuestionable.
Por lo tanto, le recomiendo que contacte con el administrador de fincas para pedir una aclaración y sugerir que se convoque una junta extraordinaria para discutir y votar este asunto de manera formal. Si esto no es posible, sería aconsejable consultar con un profesional legal para obtener una opinión más detallada y considerar posibles acciones.