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T
tropi
25/09/2024 17:02

Reparto de cuotas comunidad

¿Es justo el reparto de gastos de mantenimiento en una comunidad de vecinos con casas de distintos tamaños?

757 lecturas | 23 respuestas
Hola,En mi comunidad de vecinos somos 11 casas adosadas, de distintas medidas y una parcela común con una piscinita y un mini jardín.Sin embargo ,el mantenimiento de esta zona común no está acorde al tamaño de cada una de las casas ni es igualitario para todos, incluyendo la entrada de garaje y vado,esto depende de unos porcentajes que el arquitecto aplicó a cada casa de forma que las casa más pequeñas tenemos mayor porcentaje de la zona común y pagamos más cuota de comunidad.Esto ha de ser así? Parece absurdo que podemos hacer para cambiarlo?
 
Clarinetes2
Clarinetes2
30/09/2024 14:46
En nuestra comunidad se reparte por coeficiente
 
A
almondo
30/09/2024 11:16

No queda claro por qué persiste en este asunto, engañada por sus vecinos que se niegan a llevar a cabo un acuerdo en la reunión para resolver la situación. Desde un punto de vista legal, no hay engaño; usted aceptó esas condiciones y, en su momento, supongo que consideró las posibles consecuencias, y aun así decidió asumirlas, probablemente porque le resultaban favorables.

 
ARV1
ARV1
30/09/2024 08:41
Tropi.

Le voy al grano de su pregunta y dejo al margen suposiciones, cálculo, valor catastral, etc....
Aquí hay dos soluciones.
1- que ustedes por unanimidad decidan modificarla en junta, pasarla por un notario e ir al registro para registrarla y modificar esos coeficientes (todo esto cuesta dinero).
2- ustedes no se ponen de acuerdo (lo más probable) recurrir al juzgado mediante abogado y allí le calcularán esos coeficientes. Tendrá que aportar una serie de documentos que le exigirán. Esto tiene mayor coste que lo anterior porque la justicia no es gratis.
No hay más.
Dar más vuelta al asunto es marear la perdiz.
 
T
tropi
29/09/2024 23:33
A pesar de los mensajes desagradables que me culpan por ser engañada y creer que es lo normal y fácilmente subsanable en reunión de vecinos , mensaje que nos daban los profesionales y expertos .Pero si soy culpable de sufrir un timo y también de haber consultado en un foro. Espero que pueda solucionarlo, a pesar de algunos consejos u opiniones poco educadas
 
A
almondo
28/09/2024 19:00

Es sorprendente que, a pesar de su conocimiento sobre la razón, ya que firmó el contrato de compraventa, lo aceptó, lo formalizó, lo volvió a aceptar y se comprometió a cumplirlo, aún se pregunte si debe ser de esta manera. Su actitud me resulta increíble. Se requiere mayor seriedad, por favor.

 
T
tropi
28/09/2024 18:14
Muchas gracias por responder.He de decir que no he desaparecido como se insinúa en algún comentario simplemente no he podido por srticiosr.El debate se ha ido hacia el cálculo de valor catastral y no es por ahí, ni tengo más jardín, al contrario mi casa es de las más pequeñas en todo.Esto se estableció así porque vel arquitecto del proyecto tenía que cumplir con unos metros de zonas verdes que exigía el ayuntamiento en la parcela y que ha de cumplir , en las casas mayores si lo cumple, con su jardín, en las más pequeñas era deficitario su proyecto por lo que decidio adjudicarnos un tanto por ciento mayor de las zonas comunes, ssegurandonus que únicamente teníamos que acordar en la primera reunión de propietarios pagar de forma igualitaria y que esto era ha ital y siempre se pagaba después a cuotas iguales.Pero está claro que no es habitual ni facil de solucionar.A mi me parece que me han timado. Doy las gracias a todos por el interés.Me han ayudado.
Gracias
 
C
carmenarcusia
26/09/2024 18:27

Ahí tienes razón Luismip

Es fundamental ser directo, tal como ha señalado en ocasiones alguna persona. Respuestas breves y precisas: Sí, No, Tal vez. No se debe debatir aquí, ya que esto no es un foro para discusiones, lo cual puede resultar confuso.

Sin embargo, siempre hay quienes se desvían del tema y terminan justificando lo injustificable. En esta situación, es posible realizar un cambio, aunque no se ha confirmado si efectivamente se ha llevado a cabo. No obstante, lo relevante es que existe la posibilidad, aunque es poco probable. En definitiva, es preferible no profundizar en el asunto, ya que podría complicarse aún más.

Más claro agua.

 
L
luismp
26/09/2024 17:29
La pregunta ha sido muy clara, si tienen que conformarse con unos coeficientes que parecen erróneos.
La respuesta se la ha dado claramente P0lipl0s en su primera intervención, se pueden cambiar por unanimidad, poco probable que suceda, o porque un juez lo ordene, igualmente poco probable.
A partir de ahí te has empeñado en que usar el valor catastral es la última maravilla, y te estamos diciendo que lo normal es que no se use porque cuando se calculan los coegiciented el valor catastral todavía no existe, y posteriormente cambiar los coeficientes es poco menos que imposible.
 
P
P0liPl0s
26/09/2024 17:21

De nuevo: de origen no vendrán calculados en base al valor catastral. Después, es prácticamente imposible que se modifiquen, puesto que se necesita un acuerdo por unanimidad y quien salga perdiendo con el nuevo cálculo, difícilmente aceptará. 

 
J
juancojua
26/09/2024 17:15

Es factible que todo ocurra; simplemente se sugiere al forero que considere esta opción. Sin embargo, parece que plantean sus preguntas y luego se alejan del asunto, lo que nos deja en la incertidumbre sobre si la información proporcionada ha resuelto sus inquietudes.

En urbanizaciones con casas adosadas, chalets o viviendas de distinto tamaño y características, podría haber un interés en incorporar el valor catastral, especialmente si las propiedades son muy diferentes en cuanto a valor o uso. Esto permitiría un cálculo más proporcional, basado en el valor real de cada propiedad.

También podría proponerse como una forma de ajustar cuotas, en situaciones donde haya conflictos o descontento con el reparto original basado solo en superficie.

 
P
P0liPl0s
26/09/2024 17:01

Por supuesto que es muy posible que los estatutos estén establecidos de inicio. Pero resulta totalmente inverosímil que en ellos se establezcan unas cuotas de participación basadas en un valor catastral que todavía no existe. 

 
J
juancojua
26/09/2024 16:58

Es muy posible que los estatutos de una comunidad de propietarios estén ya establecidos desde el principio, generalmente por el promotor o constructor del edificio o urbanización, y que los propietarios no hayan tomado medidas para modificarlos. Esto es algo bastante habitual en España, donde muchas comunidades de vecinos operan durante años bajo los estatutos originales sin hacer cambios.

El uso del valor catastral probablemente se haya considerado desde el principio, y más si se trata de una urbanización o conjunto donde los promotores decidieran incluir este criterio.

 
P
P0liPl0s
26/09/2024 14:12

Insisto, juancojua,

El que consulta, difícilmente va a poder explorar esa opción. Si los coeficientes están calculados de origen, no incluirán el valor catastral. Y me cuesta mucho, mucho, creer que los hayan modificado posteriormente, incluyendo ese parámetro. No, no es imposible, pero estaría dispuesto a apostar.

Siendo del todo improbable que sus coeficientes incluyen el valor catastral, ofrecerle que “explore esa opción” es tanto como decirle que verifique si se han calculado incluyendo la raíz cuadrada de la distancia de cada casa hasta la oficina de Correos más próxima, que tampoco está explícitamente prohibido.

En cualquier caso, tanto da. Al consultante, lo que le preocupa es cómo poder cambiarlos. Y a eso ya ha obtenido respuesta. Lo demás, una vez más, está llevando al hilo por los Cerros de Úbeda.


Editado por P0liPl0s 26/9/2024 14:43
 
J
juancojua
26/09/2024 13:58

Insisto P0liPl0s .

Es fundamental aclarar lo expuesto, y lo que señala el compañero es importante. Si una comunidad de casas adosadas opta por incluir el valor catastral en el cálculo de las cuotas, puede establecer una cláusula que lo contemple. Por lo tanto, no es preciso decir que “en España, para calcular la cuota de participación, no se utiliza el valor catastral”.

Esta es la recomendación que se le ha hecho a quien consulta: que explore esa opción, sin más.

 
P
P0liPl0s
26/09/2024 13:12
Cita:

No existe una prohibición explícita para que el valor catastral se utilice en la determinación de la cuota de participación en comunidades de propietarios en España.

 

Ni esa prohibición, ni ninguna otra, que yo conozca. Pero eso no quiere decir que, en la práctica, se esté aplicando.

En obras nuevas, las cuotas de participación se calculan, como ha comentado luismp, antes de disponer de un valor catastral. Por tanto, difícilmente se puede aplicar éste a ese cálculo.

Si más adelante se quieren modificar las cuotas, que deberá ser con la unanimidad de los propietarios y, por tanto, es prácticamente imposible, éstos podrán decidir con qué criterio se calculan. Si quieren incluir el valor catastral en la fórmula, son libres de hacerlo.

Pero creo que podemos asumir que no nos vamos a encontrar ninguna Comunidad en la que esto sucede, en la práctica. Yo, desde luego, no conozco ninguna.

 
J
juancojua
26/09/2024 12:05

Es importante que evitemos la tendencia a poner en duda las opiniones de los demás.

No existe una prohibición explícita para que el valor catastral se utilice en la determinación de la cuota de participación en comunidades de propietarios en España.

El consultante dice:

“En mi comunidad de vecinos somos 11 casas adosadas, de distintas medidas y una parcela común”

 

En España, el valor catastral no se utiliza comúnmente como criterio para calcular la cuota de participación en comunidades de propietarios. Generalmente, las cuotas de participación se determinan en función de la superficie útil de cada propiedad.

En comunidades o urbanizaciones con inmuebles de diferentes características (por ejemplo, chalets y apartamentos), podría ser razonable considerar el valor catastral como un criterio adicional para distribuir los gastos. Sin embargo, esto debe ser acordado por la comunidad y reflejado en los estatutos.

En comunidades de propietarios que consisten en casas adosadas, el valor catastral puede ser un aspecto a considerar, aunque no es comúnmente utilizado como criterio principal para calcular las cuotas de participación.

Si una comunidad de casas adosadas decide incluir el valor catastral en el cálculo de las cuotas, podría incluir una cláusula como la siguiente:

Determinación de la Cuota de Participación
La cuota de participación de cada propietario en los gastos comunes de la comunidad se calculará teniendo en cuenta tanto la superficie útil de cada casa adosada como su valor catastral. Se utilizará la siguiente fórmula:

Determinación de la Cuota de Participación
La cuota de participación de cada propietario en los gastos comunes de la comunidad se calculará teniendo en cuenta tanto la superficie útil de cada casa adosada como su valor catastral. Se utilizará la siguiente fórmula: (SU + VC/ STSU y VC) *10

Distribución de Gastos Comunes
Los gastos comunes de la comunidad se repartirán entre los propietarios de acuerdo con la cuota de participación establecida en el punto anterior.

 

 
F
Fixin
26/09/2024 09:11
A Camarrota el chatgpt se la ha vuelto a jugar.
En España, para calcular la cuota de participación no se utiliza el valor catastral. Este valor, si se utiliza, por ejemplo, para calcular el IBI.
 
P
P0liPl0s
26/09/2024 07:08
Cita:

Sentencia del Tribunal Supremo (STS 19/02/2013)

Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (SAP 20/02/2008)

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA, 21/11/2012)

 

¿Le importaría aportar enlaces a las sentencias, para poder consultarlas en detalle?

¡Gracias!

 
C
camarrota
25/09/2024 22:36

El valor catastral sí se utiliza como uno de los criterios para calcular la cuota de participación en una comunidad de propietarios. Este valor refleja la valoración del inmueble y, por lo general, influye en el cálculo de gastos comunes, especialmente aquellos que se distribuyen en función del tamaño o del valor de los apartamentos.

En algunas comunidades, el uso que se da a los inmuebles (residencial, comercial, etc.) también puede influir en la cuota de participación.

Sentencia del Tribunal Supremo (STS 19/02/2013): En esta sentencia se establece que el valor catastral es un criterio válido para determinar la cuota de participación en los gastos comunes de la comunidad. La sentencia subraya que, aunque el valor catastral no es el único factor, sí es relevante en el cálculo de las cuotas que corresponden a cada propietario.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (SAP 20/02/2008): Esta sentencia señala que, al fijar la cuota de participación, se deben tener en cuenta criterios como la superficie del inmueble y el valor catastral, reafirmando la importancia de estos elementos para la equidad en la distribución de los gastos.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA, 21/11/2012): En este fallo se menciona que los estatutos de la comunidad pueden regular cómo se determina la cuota de participación, incluyendo el valor catastral como uno de los parámetros a considerar.

 
L
luismp
25/09/2024 22:05
Para fijar las cuotas de participación de cada inmueble, NO SE USA EL VALOR CATASTRAL.
El motivo es muy sencillo, primero se hace la División Horizontal, en la que se asignan las cuotas, y después, normalmente varios meses después, el catastro asigna la referencia y el valor catastral.
Las respuestas de carolinevega y P0lipl0s son correctas.
 
C
camarrota
25/09/2024 19:40

Verifique si los motivos pueden ser debidos por la siguiente razón.

El valor catastral desempeña un papel importante en la cuota de participación dentro de una comunidad de propietarios. Por lo general, las cuotas se determinan entre otras cosas en función del valor catastral de cada inmueble, lo que establece la cantidad que cada propietario debe aportar a los gastos comunes. Este procedimiento se utiliza para asegurar que la contribución de cada propietario sea proporcional al valor de su propiedad en relación con el total de los valores catastrales de todas las propiedades de la comunidad. Cualquier discrepancia en la aplicación de estos valores podría generar conflictos entre los propietarios.

 
P
P0liPl0s
25/09/2024 18:35

¿Hay mucha diferencia?

Debe tener en cuenta que el tamaño no es el único parámetro que se tiene en cuenta para el cálculo de coeficientes. Sin conocer su comunidad, es imposible imaginar a qué puede ser debido, pero quizá las casas más pequeñas tienen alguna ventaja frente a las otras (vistas, orientación, facilidad de acceso, ...)

Para cambiarlos, hace falta acuerdo por unanimidad de todos los propietarios, y eso es difícil de lograr, porque los que tienen menor coeficiente no se querrán ver perjudicados. La otra opción es acudir a la justicia, pero sólo tendrán alguna posibilidad de éxito si los coeficientes actuales son clara y objetivamente muy injustos. 


Editado por P0liPl0s 25/9/2024 18:55
 
carolinevega
carolinevega
25/09/2024 18:11
Primero, es el promotor quien realiza el título constitutivo.
Y resulta muy raro lo que usted indica.
Podría ser que ustedes tengan más jardín?
Lo ha comprobado usted, que es así, en el Registro, solicitando el título constitutivo?
 

Fin del hilo
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