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H
Homarc
26/09/2024 10:10

Acceso a piscina comunitaria

¿Dónde puedo solicitar una rampa para mejorar el acceso a la piscina?

497 lecturas | 6 respuestas
Hola buenos días a tod@s.
Soy de Barcelona, y hace un par de meses nos entregaron las llaves del piso nuevo. Todavía no hemos hecho ninguna reunión, todavía hay dos pisos libres. Bien el tema es que en el acceso a la piscina, a mi gusto, no es accesible para todos, tampoco existe baranda y creo que los escalones son pronunciados. He enviado un mail al promotor y su contestación ha sido....
En relación a su escrito, nos ratificamos en que en nuestra promoción tanto el aparcamiento como las zonas comunes se han ejecutado según proyecto y licencia de obra concedida.
Por tanto no vamos a efectuar ningún cambio salvo que así se nos indique por parte del Ayuntamiento o cualquier organismo competente.
Saludos cordiales,.....
Mi pregunta donde puedo dirigirme para que pongan una rampa y mejoren el acceso? Vivimos con mi suegra, que va en silla de ruedas y a mi con 65 me es dificultoso bajar.
Gracias y perdonar por el tocho.
 
Clarinetes2
Clarinetes2
30/09/2024 14:48
Debes de acudir al ayuntamiento y solicitar un permiso.
 
C
carmenarcusia
26/09/2024 18:55

Es necesario acudir al ayuntamiento para verificar si la información está incluida en los planos que el constructor ha presentado al municipio para la obtención de la licencia. En caso de que falte algún elemento o no se ajuste al proyecto, se debe presentar una solicitud al encargado de urbanismo para que se realice una visita de inspección.

Es recomendable contratar a un arquitecto para que se encargue de la gestión, aunque considero que el costo podría ser mayor que el beneficio obtenido.

 
P
P0liPl0s
26/09/2024 18:00

Poner un pasamanos en la pared derecha es fácil y económico. No creo que nadie se oponga si lo plantea a la Comunidad. 
La pendiente de la escalera no se aprecia en las fotos, pero si la obra se ajusta al proyecto, que tuvo que ser aprobado y se hizo la inspección final de obra, no parece probable que incumpla la normativa.
 
Modificar la pendiente de la escalera es complejo, pero podría ser posible. Quizá se podría recortar terreno de la parte llana del recorrido, para así alargar la rampa de las escaleras. Pero, suponiendo que sea posible, ya no será tan económico. 

En definitiva, el promotor no se va a hacer cargo. Quizá acepte poner en pasamanos.


Editado por P0liPl0s 26/9/2024 18:03
 
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Homarc
26/09/2024 17:54
Gracias x los comentarios. La idea sería que la promotora responda con los gastos, claro
Paso fotos acceso :
https://postimg.cc/gallery/q44p2HK

Saludos
 
J
juancojua
26/09/2024 12:08

Para mejorar el acceso a la piscina en su comunidad de Barcelona, considere estos pasos:

Consulta al Ayuntamiento: Visite el departamento de urbanismo o accesibilidad para conocer normativas y procedimientos.
Asamblea de vecinos: Reúna a los propietarios para discutir la necesidad de una rampa y obtener su apoyo.
Escritura formal: Si el promotor no responde, envíe una carta solicitando el cambio.
Acción en organizaciones: Contacte organizaciones que promuevan la accesibilidad para asesoramiento.
Recurso de queja: Si no hay respuesta, presente una queja formal al Ayuntamiento.

 
P
P0liPl0s
26/09/2024 11:34

Según el artículo 553-25 del Código Civil de Cataluña, Libro V, se acuerda por mayoría simple de los asistentes a una reunión (entre otros asuntos):

b) Las innovaciones exigibles para la habitabilidad, accesibilidad, seguridad del inmueble o eficiencia energética o hídrica según su naturaleza y características, aunque el acuerdo comporte la modificación del título de constitución y de los estatutos o afecten a la estructura o a la configuración exterior.

Por tanto, deberá solicitar que en una reunión conste en el orden del día un punto para la aprobación de las obras que considere oportunas. Lo mejor es que usted mismo aporte un par de presupuestos porque, de lo contrario, el tema se puede alargar indefinidamente.

En caso (probable) de que no se apruebe la realización de esas obras, podrá usted acudir a la justicia para que resuelva, según indica el mismo artículo, un poco más adelante:

5. Los propietarios o titulares de un derecho posesorio sobre el elemento privativo, en caso de que ellos mismos o las personas con quienes conviven o trabajan sufran alguna discapacidad o sean mayores de setenta años, si no consiguen que se adopten los acuerdos a qué hacen referencia las letras a) y b) del apartado 2, pueden pedir a la autoridad judicial que obligue a la comunidad a suprimir las barreras arquitectónicas o a hacer las innovaciones exigibles, siempre que sean razonables y proporcionadas, para alcanzar la accesibilidad y transitabilidad del inmueble en atención a la discapacidad que las motiva

Dicho todo esto, un par de puntos a considerar:

- Siendo la Comunidad de nueva construcción, en principio cabe pensar que se cumple con la normativa actual. Es raro lo que comenta de la barandilla puesto que, hasta donde sé, son obligatorias en los tramos de escalera. Lo mismo con la pendiente de los escalones.

- Los vecinos probablemente no estarán motivados por su propuesta de realizar obras cuando acaban de desembolsar una importante cantidad de dinero para adquirir las viviendas.

- Tenga en cuenta que acudir a la justicia es complicado (tiempo/dinero) y tiene que estar muy justificado. Y la ley dice claramente que se puede obligar a la Comunidad a realizar las obras “siempre que sean razonables y proporcionadas”. Cabe preguntarse si el acceso a una piscina es una necesidad. Si se tratara del acceso a las viviendas, no cabría duda. Tratándose de instalaciones de ocio, puede cuestionarse.

 

Fin del hilo
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