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comunidadponiente10
comunidadponiente10
05/10/2024 05:25

Local y ascensor en Comunidad

¿Se puede obligar a la instalación de un ascensor en un local de una Comunidad?

320 lecturas | 7 respuestas

Un saludo:
Os expongo la situación, para ver de que modo me podéis orientar en el asunto.
Mi mujer tiene un local en una Comunidad, en la que se está estudiando la instalación de un ascensor.
En la actualidad el local tiene una puerta de acceso desde el portal de la Comunidad.
Para que se pudiese instalar el ascensor, el local tendría que perder un terreno, tras lo cual no seria necesaria la puerta de acceso.
Ahora nuestras dudas:
¿Se le puede obligar a la colocación del ascensor? Si, se cumplen los requisitos necesarios para que el ascensor se pueda colocar.
Cuando se toma una decisión en Junta, tiene que ser, dentro de la legalidad, y que ningún propietario salga perjudicado ¿no?.
Creo que la instalación del ascensor trae ventajas al resto de propietarios (que lo podrían considerar una inversión ya que sus pisos se revalorizan) pero un perjuicio para el local, ya que no solo no se revaloriza sino que puede hasta perder valor por las cargas que se generan en los gastos de mantenimiento.
No tendríamos problema en ceder el terreno necesario (unos 8 m2) a cambio de el eximir de todas la cargas que se generarían.
Veo que hay alguna sentencia en la que el juez exime al local de dichos gastos, pero tal vez vosotros que tenéis mas experiencia me podéis ayudar.
Gracias de antemano

 

 
ARV1
ARV1
06/10/2024 10:57
Veo que hay dos personas interesadas en este problema.

Lo primero que se debe conocer es la viabilidad de la instalación, su aprobación en junta y su financiación.

La viabilidad viene determinada por la cesión de un espacio privativo del local. En estos casos la jurisprudencia es favorable a la instalación previo pago al local por esa cesión (m2 del local cedido) por un precio de mercado, además de los gastos que se ocasionen al propietario. Téngase presente que si el local pierde 8m2, tendrá que renovar su escritura de compraventa (mediante notario y registro) y esto conlleva un coste. Además cabe la posibilidad de modificar los coeficientes ya que la superficie y valor del local no será el mismo con respecto a la situación anterior (ha sufrido una reducción en superficie y en valor).
Sobre el mantenimiento (una vez instalado) no están obligados ya que no se consideran gastos extraordinarios, si no gastos de mantenimiento (igual que la luz de escalera, limpieza, etc ...) y al no ser utilizado no están obligados a su pago.

 
C
Costantina
06/10/2024 10:29

 

Cita:L luismp05/10/2024 19:44 dijo:
Por cierto aprende a escribir. Ah, sí ¿Cómo?

 

Por cierto, te falta la coma

Aprende, listo, sobran los interrogantes

“Ah, sí, como…”


Editado por Costantina 6/10/2024 10:30
 
lola99
lola99
06/10/2024 02:14
Hola¡¡¡
Este es mi gran devate ya que como comunidadponiente10 estoy en mismo caso, afortunadamnete en mi caso es imposible poner el ascensor en un patio, a pesar de que vecinos quieren ponerlo saltandose todas las normas.
Yo he seguido el tema y te dire que segun he podido ver en otros post los jueces a las comunidades donde quieren instalar ascensor y hay tiendas, les obliga a las tiendas a hacer el pago de la instalacion del ascensor pero no del manteminiento ni gastos que ocasione despues de instalar ascensor y se basan porque al estar en planta cero y tiendas en misma planta no lo utilizaran les exime de pagar gastos mantenimiento.
Lo que no he llegado es a ver o tener una sentencia de dicha sentencia y asi poder enseñarsela a la comunidad (Las sentencias son publicas) y quedar como jurisprudencia y de esa forma libarte de pagar algo totalmnete injusto como es pagar algo que nunca utilizaras.
Seri bien que alguien pusiera esa sentencia
Saludos
 
C
Costantina
05/10/2024 16:55

Cita:LluismpHoy 11:24 dijo:
 Podéis negociar, a cambio de ceder esos 8 M2, no pagar ni la instalación ni el futuro mantenimiento

A sí, como.

 
C
Costantina
05/10/2024 16:52

Cita: MUR2022Hoy 10:45 dijo:
Es posible que este exento de mantenimiento. Pero no de instalacion

Un ascensor exnovo que se planea instalar. ¿Es posible que el título incluya alguna referencia al ascensor?

Vamos hombre, más seriedad.

 
L
luismp
05/10/2024 11:24
Podéis negociar, a cambio de ceder esos 8 M2, no pagar ni la instalación ni el futuro mantenimiento.
Hoy en día 8 M2 valen unos cuantos miles de euros.
 
M
MUR2022
05/10/2024 10:45
Para poder responderle, es necesario saber que figura en el título constitutivo, acerca de las obligaciones del local , de a contribuir a que gastos. Es posible que este exento de mantenimiento. Pero no de instalacion
 

Fin del hilo
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