Hola a todos los forer@s,
Es mi primera consulta y antes quería saludar a todos los integrantes.
Vivo en una comunidad que tiene 6 fases – edificios – y una zona ajardinada con piscina. Bajo estas fases también hay un garaje con parkings independientes cerrados con persiana.
1º) ¿Es esto la definición de una mancomunidad?
2ª ¿Es obligatorio tener un presidente de la mancomunidad?
Ahora mismo no tenemos esta figura y solo hay presidente y vicepresidente de cada una de las fases. (6 en total) + un administrador que gestiona todo.
3ª En caso de que sea obligatorio tener un presidente de la mancomunidad. ¿Alguien sabría decirme el articulado que hace referencia dentro de la LPH?
Muchas gracias y saludos.