La responsabilidad de arreglar el patio depende de si se considera elemento privativo o elemento común.
Si el patio se considera un elemento privativo, la responsabilidad de su arreglo recae sobre el propietario, en este caso, usted.
Si se considera un elemento común de la comunidad, la responsabilidad recae sobre la comunidad de propietarios.
Para determinar si el patio es un elemento privativo o común, es necesario revisar las escrituras de la propiedad y los estatutos de la comunidad.
Las escrituras indican que el patio es parte de la mancomunidad, pero de uso exclusivo del vecino que habita el piso.
Es importante determinar si el patio está incluido en la descripción de la vivienda en las escrituras o si se considera un elemento común con uso exclusivo.
Si el patio se describe como parte de la vivienda en las escrituras, se consideraría un elemento privativo y la responsabilidad de su arreglo sería suya.
Si no está incluido en la descripción de la vivienda, sino que se describe como un elemento común con uso exclusivo, la responsabilidad podría recaer sobre la comunidad, aunque usted tendría que permitir el acceso para las reparaciones.
Si el patio es de uso privativo, pero pertenece a la comunidad, la responsabilidad de su arreglo recaería sobre la comunidad de propietarios.
Aunque usted tenga el uso exclusivo del patio, al ser un elemento común, la comunidad es la responsable de su mantenimiento y reparaciones.
Esto significa que usted tendría que permitir el acceso a la comunidad para que se realicen las reparaciones necesarias.
Es importante tener en cuenta que, aunque la comunidad sea responsable del arreglo, usted podría ser responsable de los daños que cause por un mal uso del patio.