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Comunidad y pàrquings

¿Debemos permitir el acceso a la portería a personas ajenas a la comunidad?

765 lecturas | 7 respuestas
Hola, un saludo a tod@s. Tengo una duda y no se dobde puedo mirarlo.
Mi comunidad somos 11 vecinos, tenemos dos plantas de garaje un total de 18. Suponiendo que el constructor venda esas plazas a personas ajenas a nuestra comunidad.
estamos mancomunadoa a otros dos edificios, solo pàrquing, ellos tienen tres entradas peatonales, hacia el parquin. Nosotros No tenemos puerta peatonal para el pàrquing, o sea la unica manera de entrar seria por nuestra escalera y ascensor, por la rampa del coche o por las otras comunidades. Mi pregunta las personas ajenas a la comunidad se les debe dejar entrar a la portería?
Si estamos obligados a permitir eel paso deben contribuir al gasto de ascensor y portería?
Espero haberme explicado. Gracias.
 
No se a que indefensión del promotor se refiere.
El acuerdo se aprobó con la unanimidad de asistentes, no de los propietarios.
Ellos tienen derecho a acceder, pero no estan exentos de contribuir a gastos de portal y ascensor
 
Hola, referente al tema del primer post, hemos hecho una reunión para eliminar el artículo K De los estatutos (los 5 futuros propietarios de parking que no sean a su vez de la comunida....)
El administrador cree que el promotor constructor, va a impugnar la junta, el no asistió, por indefensión.. Etc. Bien si esto es así.. No estamos también indefensos los vecinos por tener que ceder el paso a personas no residentes en el edificio?
El siguiente paso es ir al notario, el nos dirá si se atiene o no a ley.
Gracias
ARV1
15/12/2024 09:54

El notario no se posicionará en si es legal o no su acuerdo. No es labor de él. Él sentencia vuestra voluntad y nada más, pero si no hay unanimidad no se puede modificar los estatutos.

Y la pregunta ahora si figura en el título constiuivo
Los propieterios de plazes de aparcarniento que no sean a su vez proplatarios de viviendas
del inmueble, tendran que aboar gasos de escalera y ascensor, a los efectos de acccedor
peatonalmente a sus respectivas plazas de aparcamiento...
 
Cita:

Bien ahora mi pregunta es podemos en una junta variar los Estatutos?

Teóricamente, sí. 
En la práctica, imposible, porque hace falta unanimidad y quienes se vean perjudicados por esa propuesta no van a votar a favor. 

H
Homarc
19/10/2024 08:27

En principio no hay plazas vendidas, solo los vecinos..

Hola, los Estatutos los ha hecho el administrador y el constructor y claro está nos han marcado un gol por toda la escuadra... "K) PROPIETARIOS DE PLAZAS DE APARCAMIENTO QUE NO LO SEAN DE VIVIENDAS


Los propieterios de plazes de apercarniento que no sean a su vez proplatarios de viviendas
del inmueble, tendran derecho 8 acceder por el vestlbulo dal edificio, a utilizar el ascensor
y les escaleras de scceso a lss plantas sótano, s los únicos y ecclusivos efectos de sccedor
paatonalmente a us respectivas plszas de apercamiento... "
Bien ahora mi pregunta es podemos en una junta variar los Estatutos?
GRACIAS
ARV1
18/10/2024 23:33

Me salí con la mía. Ya le dije que suelen barrer para ellos.

 
Independientemente de las preguntas que le han formulado y que se debería conocer para responderle mejor, supongo que tendrán administrador. Qué le ha dicho él al respecto??? porque está documentación la debería tener él.
H
Homarc
18/10/2024 10:51

Hola, la comunidad es de reciente creación, y esto lo hemos comentado los vecinos, para mas adelante exponer el tema al administrador. Creo que enn la constitución de la comunidad no pone nada, pero ,

Habría que ver que expone el título constitutivo de su edififio, acerca a los gastos de los que este exentos su garaje.
Si figura que no contribuiran a los gastos de escalera, y ascensor, entonces, como es lógico, no podrán utilizar las escaleras, ni los ascensores, por lo tanto, deberan utilizar la puerta de vehiculos, para acceder al parking
 

Fin del hilo
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