La ley nacional (LPH) establece un plazo de diez días para "cerrar el acta con las firmas de secretario y presidente”, pero no indica plazo para el envío a los propietarios. La ley catalana establece un plazo de diez días para el envío.
En cualquier caso, 4 meses es excesivo, se mire como se mire.
Editado por P0liPl0s 5/11/2024 21:43