La derrama que no se aprueba en juna, tiene el derecho a no reconocer el acuerdo ilegal , y por tanto, no abonarla.
Como se consigue que una administaccion, remita las actas?
Indique por escrito (por duplicado y que le firme uno, o bien por el medio telemático que tenga por costumbre) a la administradora lo siguiente:
Que desde el próximo mes se abstenga de realizarle el cargo de su cuota mensual en su cuenta bancaria, dado que ha dado orden a su entidad bancaria de no abonar dicho recibo, y que usted realizará el ingreso de la cuota en la cuenta de la comunidad, despues de que le remita el acta de la última convocatoria donde se aprobó el presupuesto del actual ejercicio, o derrama emitida, para así tener constancia de la cuota a abonar.
Que para ello deberá remitirle el número de cuenta corriente, que en caso de no hacerlo, si se origina algún cargo bancario, usted no se verá obligado a abonarlo dado que ya se lo ha comunicado y que ha dado orden a su entidad bancaria (cosa que debera hacer usted en su banco) no abonar algún recibo de la comunidad, y que en el caso de que no pueda realizar el ingreso por no remitirle el numero de la cuenta, en caso de que se le declare moroso, emprenderá las oportunas acciones judiciales contra ella.
Con esto que logrará?
Pues que si no le remite el acta no abonara la cuota y se verá obligada a realizar junta.
Revise tambien esta web
https://micomuniweb.com/derecho-informacion-propietario-comunidad/