Si van a cambiar los ascensores de la comunidad, y tienen un contrato de mantenimiento en vigor, pues lo primero que hay que entender es que ese contrato está relacionado con los ascensores viejos, los que ya están ahí. Y claro, si ponen unos nuevos, ese contrato ya no tiene sentido, porque lo que estaba cubierto ya no está.
Pero ojo, que esto depende de lo que diga el contrato que tienen. Algunos contratos, y esto es importante, pueden tener cláusulas que hablan de la posibilidad de cambiar los ascensores y qué pasa con el mantenimiento. Si no aparece nada sobre eso, lo más lógico es que tengan que firmar un contrato nuevo, que cubra los ascensores nuevos, claro.
Y si deciden romper el contrato antes de tiempo, pues a lo mejor tienen que pagar alguna penalización, dependiendo de lo que diga ese contrato.
Aclarar que, en lugar de dar por hecho que el contrato se anula automáticamente, es posible que se pueda negociar una actualización o modificación del contrato de mantenimiento, dependiendo de las condiciones previas o la flexibilidad de la empresa.
Hacer hincapié en que la situación depende de las condiciones específicas de cada contrato, y que no es automático que el contrato se dé por terminado, sino que puede haber excepciones o cláusulas que permitan una modificación.
Precisa que la penalización dependerá de las condiciones estipuladas en el contrato, es decir, que no siempre se aplicará una penalización, sino solo si está contemplada en el acuerdo.