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C
Comunidade1
13/11/2024 15:20

Gastos instalación ascensor, locales y garajes,

¿Quiénes deben sufragar los gastos de instalación del ascensor en la comunidad?

141 lecturas | 2 respuestas

 

 

Buenas tardes,

Tengo varias dudas sobre una instalación de ascensor en mi comunidad, por si alguien pudiese orientarme o ampliarme información, os lo agradecería.

La superficie del edificio cuenta con tres portales con 6 viviendas cada portal, y 2 locales comerciales bajo cada portal ( 18 viviendas y 6 locales comerciales) un patio común, y toda la superficie subterránea destinada a garajes, al cual solo se accede mediante portón.

El total de los 3 bloques y los garajes suman el coeficiente del 100%.

Cada portal, tiene una comunidad y CIF diferente, y los garajes tienen otra comunidad independiente.

La consulta es la siguiente, si en uno de los portales , la comunidad decide por mayoría la instalación de un ascensor, sabemos que los locales comerciales, según la ley de propiedad horizontal deben sufragar los gastos en función de su coeficiente de participación, siempre y cuando así contemple los estatutos y la ley, en este caso sabemos que deben pagar, pero los garajes, no estamos tan seguros. Los garajes tienen su comunidad, y en los gastos de arreglo por ejemplo de los accesos al garaje , asfaltado etc… no se tienen en cuenta para esos gastos a los propietarios de la viviendas.

En este caso, ¿Tendríamos que tenerlos en cuenta para los gastos de la instalación del ascensor?, el ascensor no les afecta porque no tienen acceso al garaje, pero los propietarios de los bajos, consideran que al igual que ellos que tampoco tienen acceso, deben pagar.

Muchas Gracias por vuestra colaboración 

 

 
C
Comunidade1
19/11/2024 09:52
Muchas Gracias por tu respuesta e información.
 
S
socano
18/11/2024 19:46

Estamos tratando con subcomunidades, lo que implica que cada portal es una comunidad independiente con su propio CIF y administración, y además los garajes tienen otra comunidad separada.

Si solo uno de los portales decide instalar un ascensor y obtiene mayoría en su junta, esta decisión afecta únicamente a los propietarios de ese portal. Es decir:

Los propietarios del portal en cuestión deben asumir los gastos según el coeficiente de participación de sus viviendas y locales.
Los locales comerciales de ese portal, salvo exención en los estatutos, también están obligados a contribuir, aunque no tengan acceso al ascensor, ya que forman parte de esa comunidad.

Dado que los garajes pertenecen a una subcomunidad distinta e independiente, no deberían contribuir a los gastos de la instalación del ascensor en uno de los portales. La razón es sencilla: no hay un beneficio directo, no tienen acceso al ascensor, y forman parte de otra subomunidad con su propio presupuesto y gestión.

 

Fin del hilo
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